Con la declaratoria, el sector queda habilitado para realizar contrataciones bajo el marco de la Ley General de Contrataciones Públicas Fotos: Violeta Ayasta/@photo.gec
Con la declaratoria, el sector queda habilitado para realizar contrataciones bajo el marco de la Ley General de Contrataciones Públicas Fotos: Violeta Ayasta/@photo.gec

El establece un régimen permanente que faculta al a declarar en emergencia el cuando se registren daños, peligro inminente o afectaciones severas que interrumpan su continuidad o comprometan la seguridad de los usuarios.

La norma fue emitida en el marco de las facultades delegadas por el Congreso mediante la Ley N.º 32527, en materia de .

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El decreto autoriza al titular del MTC a emitir, mediante resolución ministerial, la declaratoria de emergencia del servicio público de transporte vial, portuario, aeroportuario, ferroviario o de hidrovías, cuando se verifiquen daños o riesgos graves en la infraestructura.

La medida tendrá una vigencia de hasta 180 días calendario, prorrogables, y deberá identificar la infraestructura objeto de intervención.

Con la declaratoria, el sector queda habilitado para realizar contrataciones bajo el marco de la Ley General de Contrataciones Públicas, con el fin de ejecutar acciones inmediatas para restablecer el servicio.

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El dispositivo permite ejecutar intervenciones directas o a través de contratistas, incluso en infraestructura a cargo de gobiernos regionales o locales, conforme a la normativa aplicable.

Asimismo, autoriza acciones de gestión predial para la liberación de terrenos e interferencias, incluyendo la posesión y uso temporal de inmuebles públicos o privados mientras dure la emergencia. Esta facultad no alcanza a bienes del Sector Defensa, salvo disposición legal expresa.

En casos que impliquen nuevos trazos en áreas naturales protegidas o sus zonas de amortiguamiento, se requerirá opinión técnica previa vinculante.

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Durante la , los permisos y autorizaciones necesarias se considerarán aprobados automáticamente. No obstante, el MTC deberá informar a la autoridad ambiental competente sobre las medidas adoptadas y remitir la documentación correspondiente en los plazos establecidos.

Las intervenciones deberán recuperar el nivel de servicio original de la infraestructura afectada e incorporar mejoras de resiliencia, como asfaltado, señalización y medidas de seguridad que garanticen la transitabilidad.

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