
El Gobierno publicó el Decreto de Urgencia N° 011-2026, que establece un subsidio económico temporal y extraordinario para los conductores de vehículos automotores menores de categoría L5 (mototaxis) que prestan el servicio de transporte público de personas en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios.
El subsidio responde al anuncio realizado por la presidenta de la República, Keiko Fujimori, quien informó que el Gobierno implementaría un subsidio focalizado a los transportistas afectados por el incremento de los precios de los combustibles e incluiría, por primera vez, a los mototaxistas y transportistas fluviales.
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El subsidio será equivalente a S/ 4 por cada galón de gasolina o gasohol adquirido por el conductor beneficiario, siempre que la compra cumpla las condiciones de validación establecidas en el Decreto de Urgencia. El beneficio tendrá un tope máximo de S/ 100 mensuales por beneficiario. La medida tendrá una vigencia de tres meses, contados desde el día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia.
El beneficio está dirigido a conductores que, a la entrada en vigencia de la norma, cuenten con:
- Vehículo automotor menor de categoría L5 (mototaxi), identificado mediante su Placa Única Nacional de Rodaje.
- DNI vigente.
- Licencia de conducir vigente Clase B, Categoría II-C.
- SOAT vigente o, según corresponda, CAT vigente emitido por una AFOCAT.

Asimismo, las adquisiciones de combustible deben realizarse en Loreto, Ucayali y Madre de Dios, a proveedores que cuenten con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin y estar respaldadas por comprobantes de pago electrónicos.
Para hacer efectivo el beneficio, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) implementará y administrará una plataforma o formulario web que permitirá a los conductores habilitados registrar las adquisiciones de combustible que serán consideradas para el cálculo del subsidio.
La plataforma permitirá asociar cada adquisición con el DNI del conductor y la Placa Única Nacional de Rodaje del vehículo L5, así como validar la información y determinar el monto del subsidio correspondiente.
Hasta S/16 millones para financiar la medida
El Decreto de Urgencia autoriza un financiamiento de hasta S/16′023,000 para la implementación del subsidio. El Banco de la Nación será responsable de efectuar el abono o entrega del beneficio directamente al beneficiario identificado mediante su DNI o a su representante debidamente facultado, utilizando el mecanismo de pago o modalidad de retiro que se habilite.
De esta manera, el Gobierno pone en marcha un mecanismo temporal, focalizado y verificable para atender el impacto del incremento del costo de los combustibles en los conductores de mototaxi de Loreto, Ucayali y Madre de Dios, contribuyendo a la continuidad del servicio de transporte público en estas regiones.







