El Gobierno aprobó reglas para coordinar la operación de sistemas eléctricos aislados. (Foto: Andina)
El Gobierno aprobó reglas para coordinar la operación de sistemas eléctricos aislados. (Foto: Andina)

El Gobierno dio luz verde al reglamento que determina cómo se coordinará la operación de los aislados donde funcionen dos o más generadores.

A través del Decreto Supremo 022-2026-EM, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) estableció que se podrá encargar al la coordinación de la operación de un sistema aislado cuando existan dos o más generadores que no estén vinculados entre sí y la potencia instalada de generación supere los 20 MW.

Para ello, el distribuidor responsable deberá presentar al Minem una solicitud con un análisis costo-beneficio que muestre que la coordinación a cargo del COES mejora la confiabilidad y seguridad de la operación.

Cuando la coordinación no sea encargada al, la función la deberá desempeñar el distribuidor responsable del sistema aislado. Si existe más de un distribuidor, será responsable aquel que tenga el mayor número de usuarios.

Como se recuerda, un sistema eléctrico aislado es una red de generación, transmisión o distribución de electricidad que no está conectada permanentemente al sistema interconectado.

La norma también establece que deberán existir procedimientos técnicos para la proyección de la demanda, programación y reprogramación de la operación, programación de mantenimientos y determinación de la potencia efectiva y los costos variables de producción, entre otros aspectos.

Estos procedimientos serán aprobados por el , que fiscalizará la operación de los sistemas aislados asegurándose que se realice al mínimo costo, bajo criterios de seguridad y calidad del servicio y con transparencia en la información sobre el despacho y la operación.

Los distribuidores tendrán un plazo máximo de cinco meses desde la vigencia del reglamento para presentar a Osinergmin sus propuestas de procedimientos técnicos. En tanto, el regulador tendrá otros cinco meses para aprobarlos.

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