
En un mercado donde las marcas son uno de los activos más valiosos de las empresas, los símbolos distintivos también pueden dar lugar a disputas. Así ocurrió entre Victorinox AG, fabricante de los reconocidos productos Swiss Army, y la peruana Pro Organic Lab S.A.C., luego de que la firma suiza denunciara ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) el uso de signos similares a su emblemático escudo con cruz en perfumes comercializados. ¿Quién ganó la disputa?

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Origen del conflicto: Victorinox vs Pro Organic Lab S.A.C.
La controversia se remonta al 3 de noviembre de 2021, cuando Victorinox AG, fabricante suizo de los reconocidos productos Swiss Army, presentó una denuncia ante el Indecopi contra la peruana Pro Organic Lab S.A.C. La compañía acusó a la firma local de comercializar y exportar perfumes identificados con signos que, a su criterio, reproducían elementos característicos de sus marcas registradas.
En particular, Victorinox cuestionó el uso de un escudo con una cruz en su interior, símbolo ampliamente asociado a la compañía a nivel internacional y protegido en Perú para productos de perfumería y cosmética. Según la empresa suiza, la similitud entre los signos podía inducir a confusión a los consumidores y generar una indebida asociación con su marca, por lo que solicitó el cese de uso de los distintivos cuestionados, además de sanciones contra la empresa peruana.
El 10 de diciembre de 2021, Pro Organic Lab presentó sus descargos y rechazó las acusaciones. La empresa sostuvo que los signos no generaban riesgo de confusión, señaló que había suspendido su uso mientras se desarrollaba el procedimiento y planteó que las marcas de Victorinox debían ser anuladas de oficio por presuntamente contravenir la normativa andina.

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El primer fallo de Indecopi y la apelación
El 26 de julio de 2022, la Comisión de Signos Distintivos de Indecopi emitió su primer pronunciamiento y declaró fundada la denuncia presentada por Victorinox. La autoridad concluyó que los signos utilizados por Pro Organic Lab para distinguir perfumes resultaban confundibles con las marcas registradas de la empresa suiza, al existir semejanzas que podían generar riesgo de confusión entre los consumidores.
Como parte de la decisión, Indecopi impuso a Pro Organic Lab una multa de 6.5 UIT, prohibió el uso de los signos cuestionados para identificar perfumes y ordenó a la empresa asumir el pago de las costas y costos del procedimiento.
Sin embargo, el caso no terminó ahí. El 26 de agosto de 2022, Pro Organic Lab apeló la resolución al sostener que no existía conexión competitiva ni semejanza entre los productos y signos analizados. Asimismo, insistió en que las marcas de Victorinox debían ser anuladas de oficio por presuntamente haber sido otorgadas en contravención de la normativa andina.
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La estrategia de defensa: el intento de anular las marcas de Victorinox
Tras apelar el fallo de primera instancia, Pro Organic Lab cambió el eje de su defensa. En lugar de limitarse a cuestionar la existencia de una infracción, buscó dejar sin efecto las marcas que sustentaban la denuncia de Victorinox, al sostener que habían sido concedidas en contravención de la normativa andina sobre propiedad industrial.
Con ese objetivo, entre marzo y junio de 2023, la empresa peruana, junto con la Sociedad Peruana de la Cruz Roja, presentó dos acciones de nulidad contra los registros marcarios de Victorinox. Ambas organizaciones alegaron que el emblema con la cruz no debía haber sido registrado como marca y solicitaron que dichos registros fueran anulados.
Mientras esas solicitudes eran evaluadas, en agosto de 2023, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual decidió suspender el procedimiento por infracción hasta que existiera una decisión definitiva sobre las acciones de nulidad. Finalmente, la Comisión de Signos Distintivos declaró infundados ambos pedidos en septiembre de 2024 y, tras la apelación presentada por Pro Organic Lab y la Sociedad Peruana de la Cruz Roja, la Sala confirmó esas decisiones el 1 de diciembre de 2025, manteniendo la validez de las marcas de Victorinox.
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La resolución final y sanciones
Luego de que quedara confirmada la validez de las marcas de Victorinox, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual emitió su resolución final el 9 de enero de 2026. Tras revisar el expediente, concluyó que Pro Organic Lab infringió los derechos de propiedad industrial de la empresa suiza al utilizar signos similares a sus marcas registradas para productos de perfumería.
La Sala determinó que los perfumes involucrados estaban vinculados a los productos protegidos por Victorinox y que las semejanzas gráficas entre los signos generaban riesgo de confusión. Por ello, confirmó la infracción, mantuvo la prohibición de uso de los signos cuestionados y ratificó el pago de costas y costos.
No obstante, el tribunal observó el cálculo de la sanción económica impuesta en primera instancia y anuló ese extremo de la resolución por falta de motivación suficiente. Así, Victorinox obtuvo una victoria en el fondo de la controversia, al quedar acreditada la infracción marcaria y mantenerse las principales medidas dictadas a su favor.
Gestión se comunicó con Victorinox para conocer su versión sobre el caso; sin embargo, no obtuvo respuesta
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