El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Salas Arenas, se encuentra en la mira del Congreso. El congresista de Avanza País, Alejandro Cavero, presentó una denuncia constitucional en su contra por haber admitido la inscripción del partido Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O), liderado por Antauro Humala.
En el documento, el legislador plantea que Salas Arenas sea acusado constitucionalmente por presuntamente haber infringido los artículos 38, 51, 103, 178 y 181 de la Constitución.
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Al respecto, el titular del organismo electoral indicó que Humala no es dirigente ni forma parte de los comités de dicha agrupación política, por lo que no habría una vinculación directa.
“Quien tiene que portarse antidemocráticamente es la organización política a partir de la inscripción del partido. Existen disposiciones que prohíben la postulación de personas que han sido condenadas, y el señor Antauro Humala no es dirigente no forma parte de los comités, según me he enterado, en su partido”, dijo a Canal N.
En ese sentido, remarcó que una persona condenado por delitos, en relación a Humala, estaría impedida de ejercer responsabilidades dentro del partido y funciones políticas, salvo que el Tribunal Constitucional (TC) “diga otra cosa, porque dicha institución opinó algo distinto en relación a los condenados por terrorismo que cumplieron su pena”.
“El Congreso tiene que formalizar lo que consideren que falta para que se pueda proceder de modo diferente. Tiene que otorgar líneas autoritativas. Nadie puede castigar la suspensión o no inscripción, la separación o la expulsión. Son sanciones que solo se ponen cuando la ley lo habilita, y no estamos habilitados para hacer eso en la inscripción”, añadió Salas Arenas.
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No se fiscaliza comportamiento de un integrante del partido
En otro momento, el presidente del JNE señaló que, entre las funciones de su institución, no pueden fiscalizar el comportamiento de un integrante de una agrupación política y que, en el caso de A.N.T.A.U.R.O., se corroboró que no hubo incumplimiento de los requisitos para su inscripción.
“Si su compartimiento (de la organización política) deviene en actos antidemocrático, el JNE no puede reevaluar porque no está en la ley, sino ponemos en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia a través de los dos únicos órganos que son competentes para ese proceso: la Fiscalía de la Nación y la Defensoría del Pueblo”, apuntó
Finalmente, el juez supremo descartó que el caso de A.N.T.A.U.R.O. sea equiparable al del Movadef. Según recordó, esta último agrupación no pasó la revisión del JNE debido a que en sus estatutos se adscribió al pensamiento terrorista de Sendero Luminoso, entre otros incumplimientos formales.
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