El Poder Judicial rechazó una demanda de amparo presentada por Patricia Benavides.
El Poder Judicial rechazó una demanda de amparo presentada por Patricia Benavides.

La suspendida fiscal de la Nación, , sufrió otro revés judicial. El Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, a cargo de John Paredes Salas, declaró improcedente su demanda de amparo mediante la cual pretendía que se declare nula su suspensión como fiscal suprema por el plazo de seis meses, impuesta por la .

El magistrado adoptó esta postura tras evaluar los escritos de aclaración presentados por Benavides respecto a esta demanda, la cual ya había sido declarada inadmisible por el mismo magistrado el pasado 29 de diciembre.

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En su recurso, la suspendida fiscal consideró que se ha vulnerado su derecho al debido procedimiento administrativo en lo que respecta al derecho a ser procesada por un órgano competente, independiente e imparcial, en alusión al Congreso. De esta manera, se opuso a que la JNJ continúe con el procedimiento disciplinario que inició en su contra.

Además, alegó una supuesta vulneración de su derecho a la defensa; sin embargo, el juez Paredes Salas rechazó todos estos argumentos al recordar que .

“Está situación descrita da como resultado que la demanda ha sido presentada en tiempo prematuro, pues la demandante, al haber decidido culminar la vía administrativa, esta ha entendido que su situación aún no corre el riesgo de tornarse irreparable, hecho que este juzgado considera acertado teniendo en cuenta la calidad de la decisión que se cuestiona de naturaleza provisional y de carácter preventivo”, indicó en su resolución.

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Otros recursos presentados

Benavides presentó otras dos acciones de amparo ante el Poder Judicial con la finalidad de anular el procedimiento disciplinario inmediato que le inició la JNJ tras haber sido sindicada como líder de una presunta organización criminal dentro del Ministerio Público, que derivó en su suspensión.

El primero de estos recursos fue admitido a trámite por el juez del Quinto Juzgado Constitucional de Lima, Jorge Ramírez Niño de Guzmán, quien programo para el 6 de marzo la audiencia única.

En tanto, el segundo recurso fue declarado improcedente al advertirse una “duplicidad de argumentos” en la demanda.

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