
El congresista César Holguín (Ahora Nación) presentó un proyecto de ley que modifica el artículo 113 de la Constitución para garantizar el cierre del Congreso tras la vacancia presidencial por incapacidad moral.
Según el PL 705-2026-2031-CD remitido a la Cámara de Diputados, la vacancia por incapacidad moral devendrá, de manera excepcional, en la conclusión anticipada del mandado de los senadores y diputados.
El documento propone que quien asuma la presidencia deberá convocar de inmediato a elecciones generales para elegir al nuevo mandatario, vicepresidentes y congresistas.
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“Las elecciones se realizan dentro de un plazo no mayor de seis meses contado desde la declaración de vacancia”, indica el PL.
Hasta que se instale el nuevo Congreso, la Comisión Permanente del clausurado continuará en funciones según lo que dicte la Constitución.
Disolución bicameral
Además, se cambia el artículo 134 de la Constitución para que el presidente quede facultado a disolver el Congreso cuando la Cámara de Diputados haya censurado o negado la confianza a dos consejos de ministros.
Con esta disolución, se convoca a elecciones generales a los cuatro meses, como máximo, de la fecha de cierre, sin que se altere el sistema electoral preexistente.
“No puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato. Disuelto el Congreso, se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser disuelta”, apunta el proyecto.
Holguín alega que, al tener 9 presidentes entre 2016 y 2026, se ha generado un escenario de debilitamiento de la gobernabilidad y gestión pública, lo que dificulta la planificación y ejecución de políticas.
“Resulta inexorable proponer soluciones a esta problemática que se origina en nuestro diseño constitucional de los mecanismos de control político”, refiere Holguín en su exposición de motivos.






