La sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia declaró la ilegalidad de la organización política Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.), vinculada al etnocacerista Antauro Humala, y ordenó su disolución.
La decición se adoptó por mayoría tras declarar fundada, en parte, la solicitud realizada por el Ministerio Público.
Al respecto, el abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi, señaló que se trata de “una sentencia histórica en el Perú” y “un precedente en Latinoamérica a favor de la democracia”.
“Creo que el Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villenas se va por la puerta grande con esta sentencia firmada por la mayoría de los jueces supremos. Hay un voto en minoría lo que realmente es lamentable”, indicó en el programa Cuentas Claras de Canal N.
Los jueces supremos Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana, Eduardo Raymundo Ricardo Yrivarren Fallaqué, Juan José Linares San Román y José Wilfredo Díaz Vallejos emitieron el fallo en mayoría, a favor de declarar fundada la demanda. Mientras que el juez supremo Pedro Cartolín Pastor, en minoría, votó por declarar infundada la demanda.
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Al ser consultado, si es que esta sentencia implica que Antauro Humala ya no podría participar en elecciones generales del 2026, Alejandro Rospigliosi indicó que si bien puede apelar ante una última instancia y su defensa usará precisamente como uno de sus argumento el voto en minoría de del juez Pedro Cartolín Pastor.
No obstante, avisoró que la Corte Suprema ratificará la sentencia. “Una vez que la segunda instancia resuelva y sea una cosa juzgada, el Jurado Nacional de Elecciones deberá de cumplir con borrar el partido el registro electoral. De allí puede presentar demandas de amparo e ir a instancias internacionales pero la sentencia deberá de cumplirse y no podrá postular”, expresó el constitucionalista.
Añadió que la democracia no puede permitir que haya partidos que promuevan los antivalores e ir contra los derechos humanos. Este señor (Antauro Humala) hablaba de fusilar a expresidentes, de discriminación contra la comunidad LGTBI, la democracia no puede permitir ese tipo de cosas”, refirió.
¿Qué dice la sentencia A.N.T.A.U.R.O?
El tribunal precisó que una vez que quede firme la decisión, esta tendrá los siguientes efectos: la cancelación de la inscripción de dicho partido político, así como el cierre de sus locales partidarios y la imposibilidad de su reinscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) u otro registro.
“Asimismo, declaró improcedente el pedido para que se declare la inhabilitación (como sanción jurisdiccional de carácter político) a los ciudadanos que integran la cadena de mando responsables, por la conducta antidemocrática cometida por la organización demandada”, informó el Poder Judicial en sus redes sociales.
A fines de julio pasado, la Fiscalía de la Nación presentó ante la Corte Suprema de Justicia una demanda en la que pidió que se declare la ilegalidad de A.N.T.A.U.R.O. y que ordene su disolución.
En la demanda, consideraron que el partido político en mención realiza actividades que son contrarias a los principios democráticos y vulneran sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales promoviendo atentados contra la vida e integridad de las personas (expresidentes) y la exclusión o persecución de personas por cualquier razón (comunidad LGTBIQ+ e inmigrantes).
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Piden que se debata norma que impediría postular a Antauro
Pese a que ya han transcurrido casi cuatro meses desde que el dictamen regresó a la comisión de Constitución, hasta ahora no ha discutido para hacer los ajustes respectivos.
Al respecto, el vocero de la bancada de Renovación Popular, Alejandro Muñante, pidió al grupo de trabajo que priorice del debate de esta propuesta, que lleva varios meses en espera.
A través de un oficio enviado al presidente de la comisión, Fernando Rospigliosi, el legislador recordó que el tema ya lleva varios meses entrampado para un mejor estudio y cuestionó que, hasta ahora, no haya sido tomado en cuenta. Esto, a pesar de la cercanía al fin del plazo para realizar ajustes a la Constitución y la normativa electoral de cara las elecciones generales del 2026.
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