En una decisión que sorprendió a propios y extraños, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) ordenó la semana pasada que el acuerdo de colaboración eficaz suscrito entre la empresa brasileña Odebrecht (hoy Novonor), un grupo de exejecutivos de dicha compañía, la Fiscalía y la Procuraduría Ad Hoc del caso Lava Jato sea de acceso público en un plazo de cinco días.
Así lo resolvió esta sala, integrada por los magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y César Ochoa Cardich, al declarar fundada una demanda de habeas data presentada por el ciudadano Phillip Butters contra los fiscales del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela y José Domingo Pérez Gómez, por haberse vulnerado el derecho fundamental de acceso a la información pública.
El último viernes, la Fiscalía cumplió con la orden del TC y entregó una copia de dicho documento a Butters y su abogado, Wilber Medina, quien lo publicó esta mañana en sus redes sociales; es decir, a partir de hoy ya es de acceso público.
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Sin embargo, aún es un misterio el por qué dicho documento estuvo por cinco años guardado bajo siete llaves.
Esto, a pesar de que en el acuerdo de colaboración eficaz se estableció una cláusula de confidencialidad en el que se precisa que “las partes se obligan recíprocamente a guardar la debida reserva del contenido de la presente acta hasta la homologación judicial”, ocurrido el pasado 19 de junio del 2019.
¿Por qué no se hizo público el acuerdo tras su homologación?
En entrevista con el portal ‘La pasión por el derecho’, Pérez explicó que la falta de una “previsión legal” ocasionó que la Fiscalía no haya entregado en su momento el acuerdo de colaboración eficaz suscrito con Odebrecht a la parte demandante (Phillip Butters).
“Nosotros actuamos en base al principio de legalidad; es decir, aquello que está previsto en la norma es lo que guía nuestras actuaciones, y la norma no establecía que se pudiera entregar el acuerdo de colaboración eficaz, la sentencia o cualquier otro actuado que puede existir en un proceso de colaboración eficaz a una persona que no forma parte del proceso”, indicó.
Tras recordar que el documento en mención se encuentra en este momento en manos del juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Especializada, Ubaldo Callo Deza, quien tiene a su cargo un proceso iniciado por la defensa de Jorge Barata, el fiscal insistió en que no existe una norma que los obligue a entregar el acuerdo a una tercera persona que no ha intervenido en un proceso de colaboración eficaz.
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“En los casos del Equipo Especial Lava Jato, las acusaciones que se han presentado y el último juzgamiento que concluyó con la sentencia del expresidente Alejandro Toledo, todas las partes tenían conocimiento de la sentencia de colaboración eficaz que se siguió con Odebrecht; es decir, no habría ninguna situación de desconocimiento”, sostuvo Pérez.
Es más, dijo que, en su momento, el Poder Judicial publicó en sus redes sociales la sentencia que recoge todos los fundamentos del acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht, por lo que negó que el documento haya estado bajo siete llaves.
“Quien se haya tomado el trabajo de revisar esa sentencia, que tiene cientos de folios, está insertado el acuerdo de colaboración eficaz. Están ahí todas las obligaciones, condiciones, todos los acuerdos a los cuales habían llegado las partes (...) cualquiera de las partes que intervinieron en este proceso y hasta el propio Poder Judicial han accedido al acuerdo”, acotó.
Sin embargo, el conductor le consultó el motivo por el que sólo publicaron la sentencia y no el acuerdo de colaboración eficaz, a lo que Pérez respondió que “no había ningún amparo legal” para hacerlo.
“Imagínate si yo el día de mañana cuelgo una acusación, o un sobreseimiento, puedo ser pasible de una acción disciplinaria. Mientras no haya previsión legal, esa norma que nos autorice, no podemos actuar”, remarcó.
En la sentencia, el TC determinó que la finalidad legítima de la reserva del convenio firmado con Odebrecht y sus exdirectivos Barata, Ricardo Boleira, Renato Ribeiro y Antonio Nostre “ya no existe y, en consecuencia, cesa y no resulta oponible para su difusión pública”.
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El organismo añadió que mientras un proceso judicial se encuentra en curso, el acceso al expediente es exclusivo de las partes y debe solicitarse de manera directa ante el juez a cargo del proceso; sin embargo, una vez que este proceso haya culminado y al contarse con una sentencia firme o ejecutoriada, “el acuerdo recobra su carácter público”, conforme al artículo 139, inciso 4 de la Constitución.
“La Fiscalía ha actuado en virtud a una norma prohibitiva. Ha sido el máximo ente constitucional el que ha pacificado esa controversia y entiendo que el sistema de justicia, en este caso, la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores Titulares de Lima cumplirá con lo solicitado”, insistió Pérez.
Plazo de la reserva puede ser extendido
En diálogo con Gestión, el abogado penalista Carlos Caro indicó que pese a que en el acuerdo con Odebrecht se estableció una cláusula de confidencialidad hasta la homologación del documento, el plazo de la reserva del contenido puede ser extendido a consideración de la Fiscalía.
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“Ese plazo de la cláusula de confidencialidad hasta la homologación judicial es solo una obligación contractual entre las partes, pero a eso hay que sumar los deberes de reserva que emanan de la regulación de la colaboración eficaz. Entonces, ese factor evidentemente amplía el plazo (de la reserva) porque eso depende de lo que se haya investigado y logrado en esos procesos (de colaboración eficaz)”, remarcó tras considerar que los fiscales del Equipo Especial Lava Jato no tendrían ninguna responsabilidad por no publicar el documento en su debido momento.
Recordó que la actual normativa establece que la reserva de la investigación del expediente de colaboración eficaz se debe mantener, aunque no precisa con exactitud hasta cuándo.
“Pareciera que fuera eterno, pero interpretando correctamente sería hasta que la colaboración logre sus fines; por ejemplo, que los colaboradores ya hayan agotado la entrega de información. Entonces, por esa razón el TC ha decidido ordenar que se levante la reserva, algo que no quisieron hacer los fiscales”, apuntó.
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