La pena por tráfico de influencia alcanza los 6 años de cárcel y en la forma agravada, entre 4 y 8 años. (Foto: GEC)
La pena por tráfico de influencia alcanza los 6 años de cárcel y en la forma agravada, entre 4 y 8 años. (Foto: GEC)

Elo en investigaciones fiscales, procesos administrativos o judiciales es sancionado con hasta 14 años de prisión, indicó el juez de la Corte de Lima, Mario Eloy Sulca Quispe.

Explicó que este tipo de delitos son llamados de o contra la administración pública porque “afectan el normal funcionamiento de las instituciones estatales y son de gravedad porque perturban el interés público e intervienen servidores públicos en quienes la ciudadanía pone su confianza”.

La pena por tráfico de influencia alcanza los 6 años de cárcel y en la forma agravada, entre 4 y 8 años. Mientras, por concurso de delitos, el cohecho y tráfico de influencias la pena podría llegar a los 14 años de cárcel efectiva

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Delitos

El juez explicó que el cohecho, conocido como soborno o coima, es aquel delito en que se ofrece un beneficio hacia cualquier funcionario público para que incumpla sus deberes.

“Ejemplo, cuando un ciudadano, en el campo de la administración de justicia, con el objeto de agilizar su expediente se contacta con un juez o asistente judicial y obtiene ventaja en el fondo de lo que se va a resolver, habiendo ofrecido una dádiva y el funcionario la acepta”, señaló.

En el tráfico de influencias el agente corruptor intercede en beneficio de una persona, perturbando el desarrollo normal de un proceso judicial o administrativo.

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“Cuando una empresa, a fin de lograr un beneficio en un juicio en curso, se vale de un abogado, quien a través de una relación con algún secretario del juzgado obtiene información acorde a sus intereses; así, se está valiendo de un servidor público, para interceder por la empresa”, refirió.

En tanto, indicó que el funcionario público que incurra en estos delitos como cohecho, a razón de la particularidad de su posición, se configuraría la modalidad agravada, por lo que le correspondería el máximo de la pena establecida por ley.

“El cohecho y tráfico de influencias agravados radica cuando el funcionario público tiene una posición especial como magistrado, árbitro, perito, miembro de tribunales administrativos”, afirmó el magistrado.

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