Informe de la Contraloría advierte presuntas responsabilidades administrativas, civiles y penales por irregularidades en un proyecto de defensas ribereñas ejecutado por la ANIN en La Libertad. Foto: Contraloría.
Informe de la Contraloría advierte presuntas responsabilidades administrativas, civiles y penales por irregularidades en un proyecto de defensas ribereñas ejecutado por la ANIN en La Libertad. Foto: Contraloría.

La determinó que nueve funcionarios y servidores públicos de la ocasionaron un perjuicio económico ascendente a S/14′ 887, 624.29, como resultado de diversas irregularidades registradas durante la ejecución del proyecto de defensas ribereñas de la quebrada San Carlos, en la región La Libertad. Esta obra forma parte del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios (PIRCC) y cuenta con una inversión actualizada, a noviembre de 2025, de S/375′ 153, 162.81.

El proyecto se ejecuta bajo el Contrato de Ingeniería y Construcción NEC3 Opción F, suscrito el 8 de abril de 2021, denominado “Entrega de Defensas Ribereñas en las Quebradas San Idelfonso y San Carlos (Paquete 1)”. Este contrato contempla, entre otros componentes, el Paquete 4B, referido a las estructuras de conducción de la quebrada San Carlos, y el Paquete 5, correspondiente a la estructura de protección del río Moche.

De acuerdo con el Informe de Auditoría de Cumplimiento n.° 25665-2025-CG/MPROY-AC, que evaluó el periodo comprendido entre el 8 de abril de 2021 y el 27 de junio de 2025, la suscripción del acuerdo sobre la Sumisión Formal n.° 4 entre el gerente de Proyecto y el contratista —que derivó en la Instrucción n.° 7 y en la emisión del Evento Compensable EC-ARCC1— se realizó sin sustento técnico ni contractual. Ello, pese a que la optimización del diseño de los Paquetes 4B y 5 Tramo 1 era una obligación contractual del contratista.

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Esta decisión contravino disposiciones esenciales del contrato y dio lugar al reconocimiento de 245 días calendario adicionales para la aceptación del diseño final del proyecto, lo que impidió la aplicación de penalidades por S/2 956 047.50 por incumplimiento del plazo, generando un perjuicio económico a la entidad.

Interferencias en predios

La comisión de control también advirtió que el gerente de Proyecto aceptó el Evento Compensable n.° 50 (EC50) durante la ejecución del Paquete 4B, pese a que el contratista presentó un diseño deficiente que no identificó de manera integral las interferencias existentes en predios de una empresa agroindustrial.

Asimismo, el contratista no evaluó alternativas de diseño por tramos o secciones según el riesgo de disponibilidad de terrenos, ni emitió oportunamente una alerta temprana sobre las restricciones de acceso, comunicando dicho riesgo casi dos años después. Pese a ello, el EC50 fue aprobado bajo la causal de “condición física inesperada”, cuando dichas interferencias eran previsibles y estaban contempladas como riesgos asumidos contractualmente por el propio contratista.

Estos hechos originaron el reconocimiento de 498 días calendario adicionales y un monto de S/6′806,169.35, de los cuales S/556,469.68 ya habían sido pagados a agosto de 2025, generando un perjuicio económico. La Contraloría atribuyó este resultado a la grave negligencia de los gerentes de Proyecto de la ANIN, quienes aprobaron el evento compensable y su valorización sin respaldo técnico ni contractual.

Informe de la Contraloría advierte presuntas responsabilidades administrativas, civiles y penales por irregularidades en un proyecto de defensas ribereñas ejecutado por la ANIN en La Libertad. Foto: Contraloría.
Informe de la Contraloría advierte presuntas responsabilidades administrativas, civiles y penales por irregularidades en un proyecto de defensas ribereñas ejecutado por la ANIN en La Libertad. Foto: Contraloría.

Incremento del costo

El informe también señala que la aceptación de la modificación del subcontrato del Paquete 4B, relacionada con las estructuras de conducción de la quebrada San Carlos —incluido el canal Conducción Galindo—, se efectuó sin sustento técnico ni contractual. Esta decisión implicó una reducción de alcance que derivó en una nueva subcontratación, elevando el costo de ejecución a S/101′ 674,450.45 (sin IGV) y generando una ampliación mínima de nueve meses respecto a la alternativa considerada más eficiente.

Adicionalmente, se reconocieron como costos reales gastos generales no incurridos por el subcontratista, en contravención a las disposiciones del Contrato NEC3 Opción F, lo que ocasionó pagos indebidos por S/5′125, 407.44.

La también observó la aceptación de la FCR 114 como cambio sustancial —que incluyó la construcción de un canal paralelo y la demolición de tramos ya ejecutados—, pese a tratarse de un procedimiento interno que excedía lo previsto en el contrato. Esta decisión dio lugar a la Instrucción n.° 64 y al Evento Compensable EC52, aun cuando el rediseño del Paquete 4B – Etapa 2 respondió a defectos del diseño original del canal Conducción Galindo, responsabilidad exclusiva del contratista.

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Como consecuencia, se generó el riesgo de reconocer incrementos de costos por S/40′686, 592.40 y una ampliación de 160 días adicionales al plazo de culminación del proyecto, bajo el argumento de “condiciones actuales” derivadas de un diseño defectuoso, vulnerando los principios de eficiencia y economía en la gestión contractual.

El informe de auditoría determinó presunta responsabilidad en nueve funcionarios y servidores de la ANIN: ocho con responsabilidad administrativa, tres con presunta responsabilidad penal, tres sujetos a procedimiento administrativo sancionador (PAS) de la Contraloría y dos con responsabilidad civil.

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