
La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, señaló que los jueces peruanos no están obligados a acatar sentencias emitidas por organismos internacionales cuando estas resulten contrarias a la Constitución o a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En tales supuestos, indicó, dichas decisiones pierden legitimidad jurídica y pueden ser descartadas por las autoridades nacionales.
Pacheco explicó que, frente a este tipo de resoluciones, la responsabilidad de los magistrados es analizar el contenido del fallo y no únicamente el tribunal que lo emite. En esa línea, sostuvo que si el mandato vulnera principios constitucionales o convencionales, no existe obligación de cumplimiento dentro del ordenamiento jurídico peruano.
“Lo que he querido enfatizar es la responsabilidad que tenemos los jueces cuando nos encontramos ante una sentencia de un organismo internacional. Lo que interesa no es tanto qué tribunal lo dice, sino qué es lo que manda. Si lo que manda es contrario a la Convención Americana o a la Constitución, ya pierde legitimidad y, por tanto, no tendríamos por qué obedecerla”, afirmó.
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En referencia a la Ley 32107, que modifica la tipificación de los delitos de lesa humanidad, la presidenta del TC señaló que su mención respondió al impacto público reciente de la norma. Indicó que esta se sustenta en el principio constitucional que impide procesar o condenar a una persona por hechos que no eran delito al momento de cometerse, criterio que —remarcó— también ha sido respaldado por la Corte Suprema.
La magistrada recordó que a lo largo del año se registraron casos con amplia repercusión mediática, como el denominado “Caso Cócteles”, en los que se aplicó este razonamiento jurídico. Según explicó, el sustento principal ha sido que nadie puede ser juzgado ni condenado retroactivamente por conductas que no estaban tipificadas como delito cuando ocurrieron.
Rospigliosi exige aplicar la ley y advierte sanciones a magistrados
El presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi, respaldó la posición expresada por Luz Pacheco y sostuvo que la Ley 32107 debe ser aplicada obligatoriamente por el Poder Judicial. Según indicó, se trata de una norma aprobada por el Parlamento, promulgada por el Ejecutivo y declarada constitucional por el Tribunal Constitucional, por lo que ninguna resolución internacional puede situarse por encima de la Constitución.

Rospigliosi anunció que desde la próxima semana el Poder Judicial verá casos en los que militares y policías han solicitado la aplicación de esta ley. En ese contexto, advirtió que cualquier magistrado que se niegue a cumplirla incurriría en prevaricato y deberá ser sancionado por las instancias correspondientes.
“La señora Luz Pacheco ha reiterado lo evidente: que la ley de lesa humanidad debe cumplirse. Ha sido aprobada por el Congreso, promulgada por el Ejecutivo y declarada constitucional por el TC. No hay ninguna norma internacional que esté por encima de la Constitución”, sostuvo el titular del Parlamento.
El legislador añadió que, incluso bajo los criterios de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la Ley 32107 es constitucional. Asimismo, afirmó que existen resoluciones de la Corte Interamericana que, a su juicio, son contrarias a la propia convención y no deben ser aplicadas en el país.
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Finalmente, advirtió que los jueces que no apliquen la norma serán denunciados penalmente y sancionados por la Junta Nacional de Justicia y la Oficina de Control de la Magistratura. “Si algún magistrado no aplica una ley perfectamente constitucional, deberá ser sancionado de inmediato”, enfatizó.








