
En concreto, se plantea que se reciban gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, cada uno de los cuales es el equivalente a una remuneración mensual. Para la CTS, se tomará como base el 100% de la remuneración mensual por cada año de servicio; el pago es cancelatorio y solo se efectiviza a la culminación del vínculo del servidor con la entidad.
Vale la pena dimensionar el universo: en el país, con data del Servicio Civil al 2024, existen 373,233 trabajadores CAS. Si bien el “pico” de estas contrataciones se dio en el 2020 (402,917), como consecuencia de la pandemia, en los siguientes años empezó a caer. Sin embargo, en hace dos años se quebró esa tendencia y registró un aumento de casi 1%.

El impacto si se transforma en ley
Sobre esta iniciativa legislativa, el Instituto Pulso Fiscal ya había estimado un impacto de S/ 3,000 millones cada año: alrededor de S/ 2,000 millones serían por gratificaciones y S/ 1,000 millones por CTS.
En septiembre del año pasado, cuando el proyecto recibió luz verde solo en primera votación, Gestión le consultó al presidente del Banco Central de Reserva de Perú (BCRP), Julio Velarde, su opinión al Respecto. En ese contexto, expresó una fuerte preocupación: “En los últimos años está aumentando el gasto corriente. En [el tema de] CAS está en más de S/ 2,000 millones el impacto. Son varios problemas, no hay meritocracia”, señaló.
Alonso Segura, presidente del Consejo Fiscal (CF), en conversación con este diario, refirió que “es tremendamente irresponsable que el Congreso de la República tome este tipo de decisiones que básicamente el presupuesto público no puede resistir. Es una medida que cuesta S/ 3,000 millones anuales”.
Agregó: “Esto no lo soporta la caja fiscal. Están hipotecando el futuro del Perú. Cuando esto se vaya sumando con lo que ya se ha aprobado [que también implica gasto], no se va a poder sostener. Es tremendamente preocupante”.
Para Segura, la “esperanza” es que el Gobierno tome acciones que corresponden: observar la autógrafa. Y, si se transforma en ley, puedan llevarla ante el Tribunal Constitucional (TC). “No hay otra manera de verlo, no se trata de diálogo”, remarcó.
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Modalidades de contratación
La ley actual establece, como duración, que “el contrato administrativo de servicios es de tiempo indeterminado, salvo que se utilice para labores de necesidad transitoria o de suplencia”.
Pero, el texto aprobado por el Congreso, podría cambiar esto. En concreto, plantea tres tipos de contratos CAS según su naturaleza.
El primero es el contrato a plazo indeterminado, que se celebra mediante concurso público de méritos y está destinado al desarrollo de actividades permanentes en las entidades públicas.
El segundo es el contrato a plazo determinado, utilizado para cubrir suplencias, necesidades temporales, emergencias o actividades vinculadas a programas y proyectos especiales.
La tercera modalidad corresponde a los contratos supeditados a la confianza, que se utilizan para funciones en el entorno directo de funcionarios o directivos públicos. En estos casos, el ingreso se realiza sin concurso público de méritos y depende de la permanencia del funcionario que realiza la designación.
Además, se pretende establecer límites a la duración de los contratos CAS a plazo determinado. Estos no podrán extenderse más allá del año fiscal correspondiente, aunque podrán renovarse anualmente siempre que subsista la necesidad del servicio y exista disponibilidad presupuestaria. No obstante, se fija un límite máximo de cinco años para las prórrogas o renovaciones de estos contratos, salvo en los casos de suplencia.
Financiamiento de los beneficios
Para financiar estos beneficios, la iniciativa autorizaría a las entidades públicas de los distintos niveles de gobierno a realizar modificaciones presupuestarias dentro de sus propios recursos institucionales, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Cuestionamientos por impacto presupuestario
César Puntriano, socio del estudio Muñiz, advierte que la incorporación de gratificaciones y CTS para los trabajadores CAS podría generar cuestionamientos por su impacto fiscal.
Explica que la Constitución establece que el Congreso no tiene iniciativa de gasto público, por lo que la medida podría ser objeto de debate si se considera que genera obligaciones adicionales para el Tesoro Público, considerando además que el régimen CAS concentra actualmente a una gran parte de los trabajadores del Estado.
Diferencias frente a otros regímenes del sector público
El abogado también señala que el reconocimiento de gratificaciones para los trabajadores CAS podría abrir un debate sobre el principio de igualdad dentro del sector público.
Según indica, otros regímenes laborales del Estado, como el régimen 276, docentes universitarios o personal de salud, reciben aguinaldos y no gratificaciones, cuyos montos suelen ser menores.
Futuro del régimen CAS y del servicio civil
Puntriano añade que la medida también refleja las dificultades para implementar la reforma del servicio civil impulsada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).
Recuerda que el régimen CAS fue creado en el 2008 como un sistema transitorio, pero con el tiempo se ha consolidado y hoy tiene vocación de permanencia dentro del sector público, mientras que el proceso de unificación de regímenes laborales bajo el servicio civil no ha logrado concretarse.
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