Sunat. (Foto: Archivo/ GEC)
Sunat. (Foto: Archivo/ GEC)

Tras la emisión del reglamento del DL 1434 que permite a la Sunat tener acceso a las cuentas de depósitos de S/ 10,000 a más, que ha generado un debate, el Intendente Nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer de la Cruz, dijo que estamos en medio de una discusión que definirá si el Perú va a ser transparente o va tener rasgos de opacidad, respecto a la información financiera y tributaria.

“La transparencia es un requisito para hacer negocios en el comercio internacional. Los países que son considerados opacos, son países que se les mira con recelo. De hecho la legislación de otros países establece listas negras sobre las cuales se fijan medidas para prevenir que se utilice el comercio internacional para trasladar fondos que hayan nacido de manera ilícita”, expresó.

De esta manera refirió que Perú se ubica entre los últimos países de Latinoamérica en cuanto a transparencia fiscal y financiera.

“Colombia lo hizo en el 2017, Brasil en el 2018 al igual que Uruguay, Argentina en el 2017, Chile en el 2019, Ecuador en el 2020, y México y Estados Unidos muchos años atrás” indicó.

Así, explicó que en muchos de los países no existe un límite mínimo y se reporta la totalidad. Salvo que en Argentina y Ecuador, que es mensual y en Brasil que es semestral, pero con un monto menor, y es solo de US$ 1,000. Los países han avanzado.

“La transparencia genera un equidad contributiva, que genera competencia leal en el mercado y eso es muy importante en el mercado, así como la detección de actividades ilegales y reduce la corrupción” , dijo.

Cuando no hay confianza los países marcan en una lista negra, agregó.

Para este proceso, Palmer de la Cruz recordó que el camino de transparencia con la OCDE se inició en el 2016, con la emisión de las medidas para el acceso de no domiciliados para el intercambio de información.

Luego de ello, desde el 2018 y hasta el 2020 la Sunat se sometió a constantes evaluaciones de la OCDE para acreditarse con la información más alta, luego de ello se pasó la aprobación y es así que se brinda la posibilidad del DS para el reglamento del 1434.

Peruanos con cuentas fuera del país

Palmer de la Cruz detalló que producto de la vigencia del DL 1434 y de la aprobación de los estándares internacionales la Sunat ya efectuó el envío de la información financiera de los extranjeros que tienen cuenta en el Perú.

“Más de 500 entidades financieras ya en el mes de agosto presentaron la información, y lo que se presentará ahora en el 2021 es de los peruanos”, expresó.

Comentó que esta información ya fue remitida a 14 países del mundo.

Además, el funcionario explicó que la Sunat puede enviar y recibir información, por lo que ya se ha remitido información de dos jurisdicciones, en este caso de Bélgica e Islas Caimán.

“Antes del 31 de diciembre ya hemos recibido información de dos jurisdicciones, de Bélgica y de las Islas Caimán, de más de 4,000 cuentas extranjeras de ciudadanos peruanos colocadas en dichos países, que implica a más de 3,300 personas, y el valor de las cuentas supera los US$ 3,500 millones, de esa información estamos hablando”, remarcó.

Palmer de la Cruz dijo que con ello se da la posibilidad que la Sunat pueda ejercer los niveles de control necesarios para asegurarse de que el dinero que existe en otros países pague los impuestos correspondientes.

“Para poder lograr tener acceso de esa información hay condiciones mínimas y hay necesidad de tratamiento igualitario. Así como los bancos, cajas y cooperativas que en agosto ya reportaron información de los ciudadanos extranjeros, es necesario ahora tener información de los domiciliados en el país”, mencionó.

De esta manera, considera que se cierra el circuito de la transparencia fiscal.

“Ya hemos señalado que el incumplimiento de la información podría llevar al país a ser considerado no cooperante. De hecho en la propia legislación en el Impuesto a la Renta, establecimos la posibilidad de señalar países no cooperantes y la consecuencia inmediata es que la factura venida de ese país no puede ser sujeta de deducción del IR, salvo ciertas excepciones”, indicó.

Así, bajo esas mismas condiciones que se le impone a los demás países de ser transparentes es la forma que se exigen al Perú para que tenga la reciprocidad y equidad.

Resalta que la información de los peruanos es relevante para cautelar que la información enviada de los ciudadanos extranjeros sea la correcta, porque tiene que haber un proceso de auditoría.

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