La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) recibió 133,534 reportes de operaciones sospechosas (ROS) de parte de los sujetos obligados a reportar en los últimos 10 años (entre el 2013 y agosto del 2023). ¿De qué se trata?
En el 2023, a agosto, los ROS recibido por la UIF sumaron 16,306, según información de la SBS en el lanzamiento de herramientas digitales para la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo en el Perú.
Cabe destacar que a agosto del año pasado, los ROS recibidos por la UIF ascendieron a 13,899, de acuerdo a cifras difundidas por la mencionada entidad estatal.
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A lo largo de los años, hubo un cambio sustancial (en los ROS), pues hasta el 2011 eran básicamente de entidades financieras y bancos, pero ahora están informando los notarios, el cual es un sector relevante a la hora de hacer reportes, comentó el superintendente adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SBS, Sergio Espinosa.
Recientemente el Gobierno aprobó una norma que incorpora como sujetos obligados a reportar a la UIF a los proveedores de servicios de activos virtuales, con lo cual crecerá más el número (de ROS), sostuvo.
“En criptomonedas y activos virtuales, los estados tienen que contar con respuestas en diversos ámbitos, unas de ellas es cómo hacer para que no sean instrumentos para lavar dinero. En ese sentido, la respuesta del mundo y del Perú fue que sean sujetos a reportar a la UIF”, dijo.
Pero ello no agota el problema, pues existen otros temas asociados a la protección al consumidor, lo cual no es materia de la SBS, pero falta regular en ese aspecto, refirió al finalizar la conferencia.
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También se les podría pedir a los proveedores de activos virtuales que puedan tener idoneidad: “para ello sería necesario legislación complementaria”, agregó.
El ROS se trata de un documento elaborado y comunicado por el sujeto obligado o por un organismo supervisor a la UIF-Perú, cuando se detecten indicios de lavado de activos o del financiamiento del terrorismo.
Constituye un documento de trabajo reservado únicamente para el uso de la UIF -Perú en el inicio del tratamiento y análisis de la información contenida en dichos reportes y que luego del análisis e investigación respectiva, se tramitará al Ministerio Público (MP) en los casos en que se presuma haya vinculación con actividades de lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo.