El Gobierno decidió observar la autógrafa de ley -aprobada en julio por el Congreso de la República- la cual dispone la reducción de la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) de 18% a 8% a la actividad de peluquería y otros tratamientos de belleza. A este incentivo se le bautizó como “re-corte tributario”.
En la observación enviada por el Gobierno al Congreso, se indica que no se justifica el dar un tratamiento especial a este sector, lo cual además beneficiaría a grandes compañías. Y se reduciría los ingresos al Estado por S/ 19 millones al año, subraya el documento firmado por el Premier Gustavo Adrianzén y la Presidenta de la República, Dina Boluarte.
El proyecto de ley ha retornado a la Comisión de Economía del Congreso, donde se evaluará si se insiste en la propuesta o si se acogen las observaciones. Esto se decidirá en la nueva legislatura parlamentaria que inició en este mes de agosto.
Sin justificación
El Gobierno refiere que en la exposición de motivos del proyecto de ley en ningún momento se señala cuál es el mecanismo mediante el cual la reducción de la tasa del IGV promoverá la formalización y reactivación económica de las actividades de peluquería y otros tratamientos de belleza. Tampoco se explícita por qué esta tiene que ser una medida de carácter permanente.
“Tampoco se muestra evidencia de que la actividad esté decayendo; por el contrario, según la Sunat, en diciembre de 2023, los ingresos fueron 3.3% superiores a las registrados en el mismo mes del año anterior y 6.8% superiores a la registradas en enero del 2021. Es decir, el sector muestra una línea de tendencia de pendiente positiva, no existiendo evidencia de la reducción de ingresos en el sector”, subraya el documento.
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El Gobierno agrega que la propuesta solo beneficiaría a una fracción menor de las empresas de la actividad. Según información de la Sunat, la medida solo beneficiaría a una fracción marginal de las peluquerías ya que, el 91% de las empresas del sector peluquería pertenece al Nuevo RUS y no declara o paga el IGV.
“En tal sentido, la medida establecida con la autógrafa es altamente regresiva y beneficia principalmente a los contribuyentes de mayores ingresos. De las casi 20,000 empresas que clasifican como peluquerías, solo declaran el IGV 2,000 y de estas solo 120 empresas concentran el 54% de la tributación del IGV. Es decir, de aprobarse la normativa, el 54% de los beneficios económicos los concentrarían 120 empresas, las cuales son solo el 0.6% del total de peluquerías del país”, resalta el gobierno.
“Las empresas que capitalizarían en mayor medida esta reducción del IGV serían aquellas asociadas a grandes franquicias de salones de belleza dirigidos a estratos socioeconómicos de la población de ingresos medio-altos y altos”, remarca.
Antecedente
Adicionalmente, el Gobierno señala que es poco probable que con una reducción de la tasa del IGV los contribuyentes que pueden tributar en el Nuevo RUS migren a un régimen del impuesto a la renta de tercera categoría y gravar las operaciones que se realizan con el IGV, pues ello implica una serie de obligaciones formales cuyo cumplimiento conlleva un costo adicional como son el llevado de registros contables.
Asimismo, mostró el antecedente de aplicar tasas reducidas del IGV: el caso de los restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. El Congreso estableció una tasa especial y temporal del IGV del 10% -en lugar del 18%- para las micro y pequeñas empresas de las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, con vigencia desde del 01.08.22 al 31.12.24.
“Para evaluar los efectos de la medida, el MEF realizó un seguimiento semanal de los precios en los restaurantes. Los resultados preliminares señalan que, entre agosto y diciembre del 2022, el 86% de restaurantes no habrían reducido sus precios, es decir, los habrían mantenido o subido; y sólo el 14% de establecimientos en la muestra los habrían reducido. Incluso, se estima que, de ese reducido 14%, las empresas habrían trasladado apenas el 25% de la reducción del IGV a los precios”, subraya el Gobierno.
“En conclusión, una reducción de la tasa del IGV no se traduce en menores precios y por tanto en un incremento de la demanda, sino principalmente tiende a incrementar los márgenes de comercialización y reduce los ingresos públicos”.
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El costo fiscal de la autógrafa ascendería a S/ 19 millones al año, indica el Gobierno. “Ello sin considerar las distorsiones que genera y las prácticas de evasión y elusión que se podría incentivar para acceder a la tasa de 8%, tales como nuevas empresas que declararían cambiar de actividad económica”, agrega.
Finalmente, sostiene que la reducción de la tasa del IGV para las actividades de peluquería y servicios de belleza trae como uno de los principales riesgos que otros sectores o actividades pretendan obtener beneficios tributarios similares que podrían desestabilizar el sistema tributario.
“En especial si es que no hay una justificación clara para considerar a los servicios de belleza corno merecedores de un trato fiscal preferencial sobre otros servicios o bienes que pueden tener mayor impacto en la economía o en el bienestar social, como la salud, la vivienda, la energía renovable, o la venta de bienes como alimentos y productos de primera necesidad o medicinas”, subrayó.
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Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.
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