Las entidades sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones ahora podrán reactivar sus obras paralizadas por un total de 1,269 proyectos pendientes de conclusión.
En respuesta a las facultades legislativas otorgadas por el Congreso sobre la seguridad y gestión de riesgo de desastres naturales, el Poder Ejecutivo aprobó un conjunto de disposiciones, fortaleciendo las herramientas de las entidades públicas para finalizar proyectos y obras inconclusas.
El Decreto Legislativo N° 1584 ha optimizado las disposiciones de la Ley Nº 31589, garantizando la reactivación de obras públicas paralizadas. Esto permitirá la reactivación de obras e intervenciones de reconstrucción, siempre que tengan un avance físico igual o superior al 20% y estén enfocadas en áreas cruciales como salud, saneamiento, agricultura, educación, transporte, seguridad y prevención de desastres.
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Además, se extendió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para que las entidades utilicen el “Procedimiento Especial de Selección para la reactivación de obras paralizadas” iniciadas bajo la modalidad de administración directa. Este procedimiento busca reactivar proyectos que cumplen con los requisitos de la Ley N° 31589.
Se ha destacado la opción de contratar informes sobre el estado de las obras paralizadas como una necesidad urgente, permitiendo a las entidades contratar directamente bajo lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado.
Finalmente, se recalca la responsabilidad del titular de la entidad para impulsar y supervisar las actividades destinadas a reactivar las obras prioritarias que se encuentran en la lista de obras públicas paralizadas.
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