
La Federación Nacional de Sindicatos de Organismos Reguladores (FENASOR) alertó sobre una grave afectación a las funciones de supervisión técnica de los contratos de concesión en el país. Esta advertencia surge tras la incorporación de la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final en el Dictamen del Proyecto de Ley 14799/2025-PE, aprobado por la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso el pasado 1 de julio.
Esta disposición deja sin efecto de manera inmediata la exigencia de opinión previa (tanto vinculante como no vinculante) de los Organismos Reguladores para los proyectos bajo la modalidad de Asociaciones Público-Privadas (APP) y Proyectos en Activos regulados por la Ley 32441.
“Los Organismos Reguladores cumplen un rol fundamental en la evaluación técnica especializada de los contratos de concesión y sus modificaciones, contribuyendo al fortalecimiento de la transparencia, la sostenibilidad de los proyectos y la protección del interés público. Sus opiniones constituyen un insumo técnico relevante para la toma de decisiones de las entidades competentes”, sostuvo el sindicato.
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De aprobarse esta medida en el Pleno, los ministerios sectoriales ya no estarán obligados a solicitar evaluaciones técnicas a los entes reguladores como: OSINERGMIN, OSIPTEL, OSITRAN y SUNASS. La responsabilidad de evaluar dichos contratos y sus adendas recaerá únicamente en PROINVERSIÓN, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y los ministerios del sector correspondiente.

“Al tratarse de entidades dependientes del Poder Ejecutivo, la FENASOR advierte que carecen de la autonomía e independencia que caracteriza a los reguladores autónomos. Esto generaría un escenario de absoluta discrecionalidad en las negociaciones entre el Estado y las empresas privadas, desprotegiendo el interés público”. apuntó.
“Esta medida desmantela el sistema de contrapesos técnicos en las concesiones. Al dejar la evaluación de los contratos exclusivamente en manos de ministerios y de PROINVERSIÓN, se elimina la mirada independiente de los reguladores y se abre la puerta a decisiones absolutamente discrecionales que ponen en riesgo los recursos de todos los peruanos”, manifestó el FENASOR.
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Ante este adverso escenario, la Federación expresó su profunda sorpresa y preocupación frente al silencio de las altas direcciones de las propias instituciones reguladoras. Resulta incomprensible que los presidentes de estos organismos reguladores no hayan emitido pronunciamiento alguno en resguardo de sus facultades legales, permitiendo el menoscabo pasivo de su institucionalidad.
Como un claro ejemplo del riesgo técnico e institucional, indicó que en enero de 2026 Osinergmin emitió una opinión técnica en contra de la Adenda de Cálidda (que busca ampliar la concesión por 10 años), tras detectar una inclusión injustificada de aproximadamente 800 millones de dólares a favor de la empresa en la evaluación económica. De haber estado vigente la norma propuesta, no habría quedado ningún registro ni evidencia de dicho cuestionamiento técnico para el conocimiento de la ciudadanía y las autoridades.
Al respecto, el vocero sindical enfatizó: “Lo ocurrido con Osinergmin en enero demuestra por qué la opinión reguladora es indispensable. Si esta norma hubiera estado vigente, la adenda que pretendía inflar injustificadamente en 800 millones de dólares el plan de una concesionaria habría pasado bajo la mesa, sin dejar rastro ni evidencia para la opinión pública” .
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Frente a esta situación, los trabajadores de la FENASOR exigieron el respeto irrestricto a las facultades de las instituciones reguladoras. Asimismo, solicitaton formalmente la intervención inmediata de la Comisión de Fiscalización del Congreso y de la Contraloría General de la República para frenar un retroceso que debilita la transparencia en las inversiones del Estado.







