Alerta sanitaria. En Estados Unidos, la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés) ha prohibido la comercialización de productos que contienen el colorante rojo N° 3 porque su consumo está relacionado con el riesgo de padecer cáncer. En Perú se busca un cambio normativo que no prioriza la salud de los ciudadanos, de acuerdo con expertos.
A través del proyecto de ley N° 10026/2024-CR presentado por Edgard Reymundo (Bloque Democrático Popular) se plantea que las empresas solo coloquen una etiqueta de advertencia en aquellos alimentos y bebidas que contienen eritrosina ante la evidencia científica que vincula el desarrollo de cáncer por su consumo.
“Contiene FD&C Red No. 3, FD&C Red 3, Red 3, Rojo3, FD&C Rojo #3, Eritrosina y/o E-127: Evitar su consumo”, rezaría en la publicidad y envoltura de los productos que contengan este aditivo tras la eventual modificación del artículo 10 de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes (Ley N° 30021).
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Y, recién desde el 15 de enero del 2027, quedaría prohibida la comercialización de estos alimentos y bebidas no alcohólicas con el colorante rojo N° 3. Un plazo similar a lo dictado por Estados Unidos. Y, para medicamentos, el gigante norteamericano dio una prórroga hasta el 2028. El proyecto de ley de Reymundo no considera a las medicinas con el aditivo.
¿Es prioridad la salud de los peruanos para el Minsa?
El exministro de Salud, Óscar Ugarte, considera que no basta con advertir al consumidor en el etiquetado y lo que urge es voluntad política para “prohibirse desde ya”.
“No tiene sentido esperar tanto tiempo. El Ministerio (de Salud) en función a la información que ya existe en los registros sanitarios, debería informar qué productos contienen el colorante rojo número tres”, comentó a Gestión.
En esa línea, el abogado Jaime Delgado coincide en que “lo que hay que hacer es prohibir su comercialización” y “no fijarnos solo en el etiquetado”: en primer lugar, porque ya la normativa vigente exige que basta con leer las envolturas y porque “el Congreso tardará hasta un año en hacerlo”.
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“El Minsa y Digesa están en la capacidad de cancelar el registro del colorante rojo porque es cancerígeno y punto. Es un absurdo que se le quiera dar dos años más hasta agotar stock. Nosotros ya hemos prohibido el bromato de potasio antes que Estados Unidos. Es irresponsable lo que ha hecho la FDA con dar dos años de prórroga”, anotó para este diario.
¿Qué plazo es razonable para eliminar el colorante rojo del mercado peruano?
Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), lamenta que la salud de los consumidores no sea una prioridad para el Gobierno de Dina Boluarte, y cree que advertir los riesgos del colorante rojo “es un paso positivo” pero no se puede aceptar que se esperen dos años para erradicarlo del mercado porque “pone en riesgo a miles de personas”.
Desde ASPEC alegan que la supresión del colorante “debe ser inmediata y sin procesos de espera”, por lo que plantean que se otorguen “unos meses a las empresas” para etiquetar sus productos con información sobre los peligros del colorante y “un año para eliminarlo del todo”.
“Dos años es demasiado tiempo y podría llevar a constantes prórrogas, como ocurrió con los octógonos de advertencia en stickers. Al principio las empresas pidieron un plazo adicional para seguir colocándolos y luego otro y otro. Al final lograron que los inseguros adhesivos se queden de manera permanente”, argumentó para Gestión.
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¿En qué productos hay colorante rojo N° 3?
Sonia Indacochea, miembro del Comité Ejecutivo del Colegio Médico, explicó que la eritrosina está presente en productos como caramelos, gomitas y decoraciones de tortas. Según el Minsa, también está en galletas, helados y algunos medicamentos como jarabes, pastillas y vitaminas masticables.
La doctora Indacochea exhortó a la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) y a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) que publiquen la lista de productos —alimentos, bebidas y medicamentos— que tengan este aditivo. Además, pidió que se conozca a qué empresas farmacéuticas y alimentarias atañe el cambio en la normativa. Desde Aspec también han solicitado a las direcciones citadas los detalles de los productos con el colorante rojo pero no ha habido respuesta.
Digesa responde
Ante el pronunciamiento de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) de los Estados Unidos de América, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) precisa lo siguiente:
1. Los estudios recibidos por la FDA sobre colorante alimentario eritrosina, también conocido como rojo 3, señalan que este ingrediente causa cáncer en ratas macho de laboratorio expuestos a altos niveles; sin embargo, precisan que no hay evidencia que demuestre que cause cáncer en humanos.
2. En este marco, la FDA ha dado plazo a los fabricantes que utilicen el citado colorante en alimentos hasta el 15 de enero de 2027, para reformular sus productos.
3. En ese sentido, la Digesa informa que en el Perú no se ha registrado alimentos con el colorante rojo 3 que superen los límites máximos establecidos por la FDA y el Codex Alimentarius internacional.
4. Cabe señalar que el Codex Alimentarius, referente internacional establecido por la OMS/FAO, que trabaja basado en las evaluaciones de riesgo por grupo de científicos expertos en aditivos, permite el uso del colorante alimentario eritrosina, en algunos alimentos, pero con límite máximo. En nuestro país se otorgan Certificaciones Sanitarias de Alimentos cumpliendo lo reglamentado por el Codex Alimentarius y en lo no previsto por éste, por la FDA.
5. No obstante, ante el pronunciamiento preventivo de la FDA y evidencia futura, la Digesa solicita a la industria de alimentos, empezar el reemplazo paulatino del colorante rojo por otros aditivos naturales, según corresponda, con plazo hasta el 15 de enero de 20271.
6. El Ministerio de Salud ha dispuesto que el Instituto Nacional de Salud –INS/CENAN, realice una revisión exhaustiva de la evidencia científica nacional e internacional y analice si a la fecha hay evidencia adicional sobre este aditivo y sus efectos en la salud.
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