Lo que está en las manos del Legislativo. En el marco de la II mesa de diálogo en materia de inseguridad ciudadana, organizada por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Eduardo Salhuana, presidente del Congreso de la República, precisó que combatir dicha problemática es un objetivo central en la labor parlamentaria. En esa línea, se refirió a la recopilación de los 15 proyectos de ley al respecto en las comisiones de Defensa y Economía, además de explicar los ocho prioritarios.
En la sesión también participaron autoridades, funcionarios y representantes de la sociedad civil. Entre las instituciones que resaltaron estuvieron la Cámara Internacional de Industria del Transporte, Ollas Comunes, Comedores Populares, la Cámara Ferretera del Perú, la Asociación Peruana de Empresarios de la Panadería y Pastelería y, entre otras, la PNP.
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Propuestas legislativas aprobadas
PL 618: Hace hincapié en la responsabilidad penal de adolescentes de 16 y 17 años, a quienes se les puede calificar como imputables si es que ejecutan delitos graves. “Estamos hablando de delitos graves: sicariato, secuestro, porque obviamente hay gente que quiere victimar a otro para eludir su responsabilidad. [...] Es una norma controvertida, no es un tema fácil”, manifestó Salhuana.
PL 3999, 7115 Y 7965: Garantiza el principio de presunción de inocencia y brinda mayor protección al personal de la Policía Nacional del Perú. En detalle, establece que los fiscales no puedan solicitar detención preliminar o prisión preventiva a los efectivos que, haciendo uso de su arma de fuego, hayan causado lesiones o incluso la muerte.
El presidente del Congreso justificó esta medida con ”lo que se ve en los medios de comunicación”. “Hemos visto hace poco que a un policía le han disparado en el rostro, en San Borja, un ciudadano extranjero, de una manera alevosa”, añadió.
PL 6569: Modifica la ley 31694, que implanta el empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil. “En el país resulta bastante fácil tener un arma de fuego. [...] Parece que hay un ingreso numeroso por las fronteras. Y aquí se ha establecido un plazo en el cual los ciudadanos que no tengan la licencia correspondiente entreguen las armas; caso contrario, tendrán la sanción penal”, explicó Salhuana.
PL 5771 y 7086: Establece nuevos supuestos de conductas delictivas y amplía el umbral de protección a las mujeres, personas con discapacidad, adulto mayor, centros educativos, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y centros de salud. Por tanto, figura un incremento de penas a los delitos de hurto y robo, con el fin de salvaguardar el derecho a la seguridad y la vida. “Vemos que ni los comedores populares se libran de asaltos, robos y extorsiones”, recordó la autoridad.
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PL 6717, 6832 y 7410: Tiene que ver con la identificación, localización, geolocalización y rastreo de terminales móviles para la suspensión de la línea telefónica, el bloqueo del IMEI y la baja del servicio móvil en los casos de utilización o vinculación a llamadas o envíos de mensajes con contenido delictivo.
PL 9034: Faculta a la Unidad Especial o Grupo Especial, así como a la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri) de la Policía Nacional del Perú, a “requerir a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) el congelamiento administrativo inmediato de las cuentas del sistema financiero de titulares presuntamente vinculados al delito de extorsión”.
Asimismo, contempla la interceptación de comunicaciones ilegales y faculta a la Policía Nacional del Perú investigar y perseguir el circuito que provenga de establecimientos penitenciarios.
PL 8530 y 865: Exige la obligatoriedad de identificación para extranjeros en territorio peruano. Responde a la urgencia de asegurar que estas personas acrediten su situación migratoria. Los infractores podrían ser expulsados del país si es que no se identifican cuando la autoridad competente lo solicite, si no proporcionan o facilitan documentos de identificación requeridos por la autoridad y, por último, si no se someten a la identificación biométrica solicitada por la PNP o la Superintendencia Nacional de Migraciones.
PL 5239, 6531, 6869 y 7672: Regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. Precisa el uso de armas letales y no letales e incorpora el uso de armas de fuego en caso de flagrante delito.
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Ley de flagrancia
El presidente del Legislativo también incluyó en su participación una alusión a la ley de flagrancia, la misma sobre la que ya había hecho una exhortación el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, quien expresó su confianza en que esta iniciativa se oficialice antes de que se termine la legislatura.
“El Congreso de la República está en deuda con la ciudadanía al no aprobar hasta el momento la ley de flagrancia, la cual tiene meses y no la aprueba. Nuestro Parlamento saca leyes, pero no se preocupa por leyes fundamentales. La ley de flagrancia es una obligación del Congreso de la República”, recalcó la semana pasada.
En esta oportunidad, Salhuana fue tajante: “El proyecto de ley lo vamos a aprobar mañana o el día jueves”.
Durante el diálogo, también intervino Issac Mita Alanoca, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, y reconoció parcialmente la ausencia de esfuerzos del Legislativo: “Tenemos una falencia tremenda que en nuestro país, pero no de todo es responsable el Congreso de la República”, sostuvo.
Centró su discurso, así, en el presupuesto previsto para la Policía Nacional. “No se ha destinado en temas de seguridad ciudadana los presupuestos para los trabajadores del Inpe, así como para la Fiscalía nacional. [...] La comisaría está en condiciones paupérrimas. [...] La Policía prácticamente no cuenta con apoyo y en las unidades ejecutores demoran meses para atenderlos. [...] Este tema se podría descentralizar”, detalló.
Remarcó, al final, que el Congreso no está en contra de la Policía. “Como Comisión de Justicia y Derechos Humanos llamamos a nuestras autoridades para que recojan estas sugerencias”, finiquitó.
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