El Pleno del Congreso aprobó el viernes 10 de mayo en primera votación -y también aprobó exonerar de segunda votación- un dictamen que flexibiliza las sanciones tributarias y laborales a las micro y pequeñas empresas (mypes).
Bajo la denominación de “Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa”, la iniciativa legislativa -previamente aprobada en las comisiones de Producción y Trabajo- reúne los proyectos de ley N°010/2021-CR, 271/2021-CR, 579/2021-CR, 606/2021-CR, 613/2021-CR, 865/221-CR, 1258/2021-CR, 1296/2021-CR y 1834/2021-CR.
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En primer lugar, se ratifica el actual criterio para clasificar a las mypes o emprendimientos, según el monto anual de ventas:
a) Con ventas anuales hasta 150 unidades impositivas tributarias (UIT), se denomina microemprendimiento o microempresa.
b) Con ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 unidades impositivas tributarias (UIT), se denomina pequeña empresa.
“La Sunat, en ejercicio de sus funciones, aplica medidas educativas ante infracciones tributarias que cometa por primera vez la mype, sin considerar el régimen tributario en que se encuentren, para reducir el incumplimiento tributario mediante aprendizajes específicos que permitan generar una cultura tributaria”, señala el dictamen aprobado.
“La Sunafil, en ejercicio de sus funciones, aplica medidas educativas ante infracciones laborales leves que cometen por primera vez las Mypes para reducir el incumplimiento laboral mediante aprendizajes específicos que permitan generar una cultura preventiva”, agrega.
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Asimismo, se establecen medidas promotoras, como el fijar un crédito por gastos de capacitación. Así, se establece que los gastos de capacitación de las mypes “tendrán derecho a un crédito tributario contra el impuesto a la renta, equivalente al monto de dichos gastos, siempre que no exceda del 1% de su planilla anual de trabajadores del ejercicio en el que devenguen dichos gastos”.
Además, las mypes serán exoneradas del 70% de los derechos de pago previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo, por los trámites y procedimientos que efectúen ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.
“Los gobiernos descentralizados y demás entidades de la administración estatal podrán reducir o exonerar del pago de tasas o derechos por otorgamiento de licencias, autorizaciones o permisos a los micro o pequeños emprendimientos, en atención a la naturaleza de cada trámite”, agrega la iniciativa legislativa.
Por otro lado, el dictamen establece similares beneficios laborales a los que ya existen en las mypes, con el agregado de que en adelante, en las microempresas también se tendrá que contratar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), en los casos que corresponda, tal como actualmente se hace en las pequeñas empresas y en el régimen general.
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