Desde el 13 de febrero el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) activó sus sistema para recibir las solicitudes de registro de las empresas vinculadas a los juegos y apuestas deportivas a distancia. Estos negocios online tendrán hasta el próximo 13 de marzo para registrarse de manera virtual ante el Mincetur y obtener la autorización de funcionamiento.
De acuerdo con el ministerio, durante el primer día de registro ya han recibido las solicitudes de cuatro Laboratorios de Certificación Internacional y veinte proveedores de servicios vinculados a esta actividad, las cuales ya han sido autorizadas para continuar operando.
“Es importante que nuestro país regule esta actividad, no solo por el movimiento económico que genera y la recaudación que tendrá, también por la necesidad de darle seguridad a los ciudadanos peruanos que ingresan y usan estas aplicaciones. Es deber del Estado promover el juego responsable”, comentó el titular del Mincetur, Juan Carlos Mathews.
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Como se recuerda, esta disposición se establece a raíz de la Ley 31557, que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia. Ahora estas actividades serán evaluadas por el Mincetur, que tendrá la función de regular, autorizar, fiscalizar y sancionarlos.
Ahora el Perú es el tercer país en Sudamérica en reglamentar esta actividad económica, luego de Colombia y Argentina, donde se fiscaliza estos juegos en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza.
¿Qué deben tener en cuenta para el registro?
En este tipo de negocios, que al 2022 movía cerca de S/ 3,800 millones al año, solo podrán participar las personas naturales mayores de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, y que estén registrados en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas.
El Mincetur también señala que si bien la regulación es para juegos a distancia, las salas de juego de apuestas deportivas podrán ubicarse en un local para esta actividad, el cual esté registrado para “venta de otros productos o servicios”.
En caso de los pagos, estos podrán hacerse con cualquier medio, exceptuando las criptomonedas. En tanto, el cobro de premios se podrá hacer con el medio que el jugador seleccione o a través de una cuenta en una entidad financiera formal supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Cabe agregar que, las apuestas deportivas mencionadas solo pueden hacerse de eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales.