A mediados de este mes se promulgó la Ley N° 31689, que modifica parte de la normativa referida al sector migraciones. Uno de los cambios obliga a los arrendadores a exigir a los extranjeros a presentar un documento que acredite su situación migratoria regular, antes de firmar el contrato de alquiler.
El arrendador adicionalmente deberá reportar a Migraciones, vía su plataforma web, sobre cada alquiler a extranjeros. El no hacerlo se considerará una conducta infractora sujeta a multa.
Uno de los artículos de la citada ley textualmente señala: “Los arrendadores de inmuebles, cualquiera fuere su naturaleza y objeto, deben exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble. Asimismo, el arrendador responsable de dicho arrendamiento debe informar a la Superintendencia Nacional de Migraciones, a través de sus plataformas digitales”.
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Al respecto, Jorge Reátegui, socio del área inmobiliaria del estudio Hernández & Cía, detalló que la nueva obligación abarca a cualquier tipo de arrendamiento de inmuebles, como departamentos, casas, hoteles y cualquier tipo de hospedaje. “Incluso podría abarcar al arrendamiento de inmuebles para fines comerciales e industriales. Pero ello tendrá que ser precisado en el reglamento de la norma”, señaló.
La ley da un plazo de 30 días calendario para que el Ejecutivo la reglamente, tras lo cual, empezará a aplicarse, refirió Reátegui. En el reglamento también se fijarán las multas a imponer en caso de incumplimientos.
¿Cómo afectará esta ley al mercado de alquileres? La medida afectará tanto a los inquilinos como a los propietarios, coincidieron los analistas.
La ley fue aprobada por insistencia en el Congreso, pese a la observación realizada por el Ejecutivo, que había calificado al proyecto de discriminatorio y contrario a la normativa internacional de protección de los derechos humanos.
Asimismo, el Ejecutivo advirtió sobre una precarización del acceso a la vivienda de los extranjeros. “Si bien es cierto, se puede y se debe exigir un documento de identidad a la persona que arrienda, no es necesario que esta cuente con una situación migratoria regular”, señaló el Ejecutivo en el documento de observación a la ley enviado al Congreso.
Según información del Congreso, en base a la data de Migraciones, hasta agosto del 2021 existían 923,647 extranjeros en condición migratoria irregular en el Perú.
“Si el extranjero con situación irregular ya no puede firmar contratos de arrendamiento, pasará a un alquiler informal o incluso irá a una invasión”, indicó Jorge Retátegui.
Por su parte Lizbeth Franco, gerente general de Life Inmobiliaria, recordó que actualmente no existe la prohibición al propietario de alquilar el inmueble a un extranjero ilegal, dado que muchos contratos no se formalizan.
“Esta ley afectará a muchos extranjeros en calidad migratoria ilegal, fomentando aún más la informalidad en este tipo de contratos”, sostuvo.
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Desde el lado de los arrendadores, también serán afectados, pues se reducirá el universo de personas a las que podrán alquilar sus inmuebles. “Esto afectará sobre todo al mercado de arrendamiento de renta baja”, subrayó Reátegui.
Se afectará a la economía de los propietarios, remarcó por su parte Lizbeth Franco. “Muchos, justamente debido a esta migración, han adecuado espacios para obtener una nueva fuente de ingresos y que benefician a familias extranjeras que llegan sin un lugar para quedarse y poder trabajar”, anotó.