El sistema financiero y de seguros utiliza mecanismos de validación como huella dactilar, reconocimiento facial o identificación por voz.
El sistema financiero y de seguros utiliza mecanismos de validación como huella dactilar, reconocimiento facial o identificación por voz.

La prepublicó un proyecto para modificar ciertos requisitos de ciberseguridad durante la venta de seguros por canales digitales.

Es así que el regulador, en su búsqueda por encontrar un balance entre las necesidades de mayor seguridad y la prevención del riesgo de y financiamiento del , considera pertinente reducir el número de mecanismos de validación de identidad en determinados servicios se cobertura comercializados digitalmente.

Según el documento, la SBS propone el uso de un solo factor biométrico, como , o identificación por voz, para verificar la autenticidad del usuario durante la oferta de los seguros incluidos en el régimen simplificado, a diferencia del proceso de venta de los demás productos financieros que -a la fecha- solicitan dos tipos de validación biométrica a fin de reducir la posibilidad de suplantación.

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Con ello, la validación única en el enrolamiento (vinculación) del cliente al canal digital estaría sujeta solo a la venta de los siguientes seguros:

1. Seguros obligatorios.

2. Seguros contratados por personas naturales o jurídicas por cuenta y a favor de sus trabajadores.

3. Seguros de grupo o colectivo.

4. Seguros masivos.

5. Seguros escolares.

6. Seguros de accidentes personales y/o seguros de asistencia médica.

7. Seguros de gastos de sepelio.

8. Seguros previsionales y rentas vitalicias asociadas al .

9. , registrados como tales ante la Superintendencia.

10. Seguros de garantía extendida.

11. Seguros de vida, sin componente de ahorro o inversión.

12. Seguros de responsabilidad civil profesional.

También se consideran en este régimen los productos de seguros que se encuentren asociados a una operación crediticia, -ofrecidos a través de bancaseguros- y en los que la empresa del sea designada como beneficiaria del seguro, indica el proyecto.

Sin embargo, el regulador plantea la exclusión de los con componente de ahorro e inversión o rescate de esta lista de coberturas, pues son productos con un elevado nivel de exposición hacia el cliente.

Si bien estos se encuentran actualmente entre los seguros del régimen simplificado de debida diligencia, solo incluye a aquellos cuya prima anual no supere los US$ 1,500 o su equivalente en moneda nacional.

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SOBRE EL AUTOR

Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.

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