Ha llegado el momento y después de pensarlo varias veces se decidió por adquirir un inmueble. Para ello, necesita revisar sus cuentas y ahorros con el fin de determinar con cuánto dinero dispone.
Tras comprobar que tiene un monto suficiente para pagar una parte, aún le falta bastante para cancelar la adquisición que desea realizar. ¿Qué hacer en este caso? No se preocupe, la mejor opción será elegir un crédito hipotecario.
Es aquel que concede una entidad financiera para la adquisición de una vivienda, departamento o terreno. De esta manera, el banco se queda con el derecho de forzar la venta para liquidar la deuda.
En este tipo de crédito, la persona que lo solicita dispone de una cantidad de dinero y se compromete a devolverla de forma periódica junto con los intereses que hayan resultado. Éstos pueden ser a mediano o largo plazo y normalmente se respaldan con la garantía de una vivienda. Todos los términos quedan plasmados en un contrato.
Sin embargo, al momento de solicitar el dinero, varios confunden préstamo hipotecario con crédito hipotecario y no saben por cuál optar. De ahí la necesidad de hacer una explicación breve de lo que es cada uno.
Préstamo hipotecario. Es cerrado y debido a que tiene condiciones determinadas en el contrato, en caso de querer realizar alguna modificación como ampliar el plazo de duración e importe a financiar, una vez formalizado el préstamo deberá hacerse una novación; es decir, sustituirlo por otro, de modo que el primero quede anulado.
Crédito hipotecario. Es cuando la entidad financiera concede una cantidad de dinero determinada y el titular decide disponer del total o sólo de una parte. De esta forma, cada vez que necesite un monto que quede pendiente, puede usarlo, siempre que éste no supere el límite del crédito que le fue concedido.
1. Crédito hipotecario tradicional. Son créditos personales con la finalidad de adquirir terrenos o bienes inmuebles, que luego pasan a funcionar como garantía de pago, mediante el establecimiento de una hipoteca.
2. Crédito hipotecario compartido. Es un crédito colectivo, donde un grupo de personas comparte la deuda. Por ello, al momento de la evaluación crediticia, los ingresos de los solicitantes se suman.
3. Crédito hipotecario para construcción. Es otorgado para la ampliación, remodelación, y/o construcción de una vivienda unifamiliar.
- Ser mayor de edad pero menor de 69 años.
- Presentar documentos para el tratamiento de la garantía o comprobantes de recibo de pago de impuestos y servicios.
- Entregar documentación que sustente el tipo y nivel de ingresos para que pueda cancelar la deuda que va adquirir.
- Tener un buen historial crediticio. Si pagó créditos anteriores así como tarjetas de crédito, la persona que solicite un crédito de este tipo debe tener una buena puntuación.