La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó el reglamento de infracciones y sanciones aplicable a todas las entidades supervisadas del sistema financiero, de seguros y privado de pensiones.
Así, incorpora la aplicación de primas por seguro de desgravamen que no se encuentren conforme al cálculo establecido en la norma vigente a la lista de infracciones graves, falta que se considerará muy grave si genera un impacto económico igual o superior a S/ 515,000 (100 UIT).
La SBS está actualizando el reglamento para asegurarse de tipificar correctamente las prácticas que podrán ser sancionadas y evitar que algunas empresas queden fuera de la penalización porque la norma no precisa la infracción, dijo a Gestión Luis Ernesto Marín, socio del Área Financiera de Lazo Abogados.
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En el 2022, entró en vigor una nueva metodología para el cálculo del seguro de desgravamen -que cubre el pago de un crédito ante la muerte o invalidez del deudor-, por lo que, tras un periodo de implementación, el regulador está agregando la inadecuada aplicación de este cobro entre las faltas a ser sancionadas, expresó.
Asimismo, Yang Chang, docente de Finanzas de la Universidad de Piura, sostuvo que la precisión en el reglamento para la infracción muy grave apunta específicamente a los créditos hipotecarios pues presentan un mayor riesgo de un cobro inadecuado de desgravamen, dijo.
“Hay quienes se aprovechan que las hipotecas significan montos elevados de financiamiento, a plazos largos, para embolsarse buen dinero; entidades que ofrecen un préstamo barato con buena tasa pero al calcular el seguro terminan cobrando una cuota alta”, manifestó.
En esta línea, el economista detalla que la SBS está actuando porque puede haber identificado casos de infracción y no ha podido sancionarlos pues no contaba con las herramientas en el reglamento.
¿Qué otras infracciones precisa el reglamento?
Además, la norma indica que no evaluar los riesgos asociados a cambios importantes en el ambiente de negocio, operativo o informático, y vinculados al lanzamiento de nuevos productos, en todas las etapas de su desarrollo, desde la concepción de la idea hasta su implementación, será considerado una falta grave.
La SBS ya no solo requiere un análisis previo al ingreso de nuevos servicios al mercado, sino que está siendo más enfática en que las entidades supervisadas deben garantizar el funcionamiento a largo plazo de su oferta de productos, comentó Marín.
Con ello, la Superintendencia espera que las empresas sean más conscientes de los riesgos vinculados con los productos que ponen a disposición de los clientes, añadió.
La norma también precisa sanciones relacionadas con el lavado de activos y financiamiento de terrorismo. De esta forma, no solo representará una infracción grave no contar con el manual de prevención de lavado de activos o código de conducta y que sus disposiciones no se cumplan, sino también que la actualización del manual no haya sido puesto en conocimiento de directores, gerentes y trabajadores.
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En el mismo sentido, se sancionará a aquellas empresas que entreguen información errada de los propietarios significativos y beneficiarios finales.
“Hubo casos en que la SBS no podía sancionar a quienes enviaron información incorrecta, porque la norma solo tipificaba como infracción el no envío de estos datos, pero no decía nada sobre información inexacta”, anotó Marín.
Oficiales de cumplimiento recibirán preparación especializada
El reglamento de sanciones agrega entre las infracciones graves que el oficial de cumplimiento -persona encargada de liderar la prevención el lavado de activos en una empresa financiera- no cuente con una capacitación especializada en prevención y gestión de riesgos de lavado de activos y financiamiento de terrorismo, distinta a la brindada al personal de la empresa.
Para Yang Chang, economista de la Universidad de Piura, es imperativo que los oficiales de cumplimiento reciban una formación distinta a fin de conocer la casuística y puedan identificar malas prácticas en este campo.
Asimismo, se reconoce como infracción no informar la designación, ausencia o remoción de este cargo, así como exceder los plazos de su ausencia o vacancia establecidos en la normativa.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.