
En el Perú, el número de divorcios sigue en aumento: en el primer semestre del 2025, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) registró 5,866 divorcios a nivel nacional, una cifra superior a los 5,090 casos del mismo periodo del 2024.
La tendencia confirma que cada vez más parejas buscan poner fin legal a su matrimonio, muchas de ellas sin saber por dónde empezar ni qué vía les conviene.
Para entender las opciones disponibles, Gestión consultó con Lorena Fernández, abogada de familia, quien explicó con claridad las rutas legales, costos, tiempos y exigencias.
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Dos grandes vías: mutuo acuerdo y vía judicial
La especialista señala que en el Perú “tenemos dos vías de divorcio, el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio judicial”. Y dentro del primero existen dos modalidades: municipal y notarial.
“Ambas -la municipal y la notarial- corresponden al divorcio de mutuo acuerdo. El divorcio judicial, en cambio, se tramita ante el Poder Judicial”, precisa Fernández.
Divorcio municipal
Si ambos cónyuges están de acuerdo, el camino más rápido y económico es la vía municipal.
Fernández recuerda que los requisitos cambian ligeramente si hay hijos o bienes:
“Es indispensable que si yo me quiero divorciar de mutuo acuerdo, sea municipal o notarial, y tengo hijos menores de edad, necesito un acta de conciliación y la liquidación de bienes, que no es otra cosa que la repartición de bienes”, explica.
En cuanto a tiempos y costos, la abogada detalla que:
“Los divorcios de mutuo acuerdo duran tres meses. En promedio, las tasas municipales van desde S/ 580 hasta S/ 630. Siempre va a ser más económico un divorcio municipal que uno notarial”.
Divorcio notarial
Este procedimiento también requiere acuerdo total entre las partes. Aunque es más ágil en trámites internos, puede costar entre S/ 900 y S/ 2,800, dependiendo de la notaría.
Ambas modalidades -municipal y notarial- permiten culminar el proceso en un plazo aproximado de 30 a 90 días.
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Divorcio judicial: cuando no hay acuerdo
Si uno de los cónyuges se opone o existe conflicto por bienes, pensión de alimentos o custodia, la única ruta es la judicial. Se presenta ante el juzgado de familia correspondiente al domicilio del demandante.
“Los procesos de divorcio en promedio suelen durar tres años en primera instancia. Si alguna de las partes apela, se hace aún más largo”, advierte Fernández.
La vía judicial exige invocar una causal. En el Perú existen 13 causales reguladas en el artículo 333 del Código Civil. Cada causal debe ser demostrada.
Causales o motivos de divorcio contencioso
Estas son las causales o motivos por las que puedes interponer una demanda de divorcio contencioso en el Poder Judicial.
- Adulterio.
- Violencia física o psicológica.
- Atentar contra la vida del cónyuge.
- Injuria grave que haga imposible la vida en común.
- Abandono injustificado del hogar conyugal por más de dos años, continuos o acumulados.
- Conducta deshonrosa que haga insoportable la vida en común.
- Uso habitual de drogas u otras sustancias que generen toxicomanía (excepto en caso de tratamiento por enfermedades mentales o contagiosas).
- Enfermedad grave de transmisión sexual contraída después del matrimonio.
- Homosexualidad no conocida antes del matrimonio de uno de los integrantes de la pareja.
- Condena privativa de libertad mayor a 2 años por delito doloso, impuesta después del matrimonio.
- Imposibilidad de vida en común probada en un proceso judicial.
- Separación de hecho de 2 años o más, excepto si hubiese hijos menores de edad.
“Por ejemplo, el adulterio debe ser probado con la partida del hijo extramatrimonial. Si yo tengo un amante pero no tengo hijos, entonces ya no es adulterio, sino conducta deshonrosa”, explica.
“Si alego abandono, debo demostrarlo con una denuncia por abandono de hogar; si alego violencia, con una denuncia o sentencia de violencia”, añade.
Los costos de esta vía son mayores: incluyen honorarios de abogado y aranceles judiciales, que pueden sumar varios miles de soles.
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¿Qué pasa si uno no quiere divorciarse?
Fernández aclara que la voluntad de ambos es indispensable para las vías rápidas:
“Si estamos hablando de un divorcio de mutuo acuerdo es necesario el consentimiento de ambos. Si uno no está de acuerdo, lamentablemente se frustra el divorcio municipal o notarial y solo queda la vía judicial”.
Separación no es divorcio: el error frecuente
La especialista también advierte que muchas personas creen que basta con estar separados durante años para ser “libres” legalmente.
“Yo puedo estar separado 40 años, pero mientras no haya iniciado el proceso de divorcio y no tenga la disolución del matrimonio, sigo estando casado para la ley”, enfatiza.
La desvinculación total solo ocurre cuando el divorcio es declarado por resolución municipal, notarial o judicial e inscrito en Sunarp.
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Municipal/notarial vs. judicial: ventajas y desventajas
Según Fernández, la diferencia central es el tiempo:
“Las vías administrativas -municipal y notarial- son mucho más cortas que la vía judicial”.
En cuanto a costos, señala que, aunque la vía administrativa es más barata, la duración del proceso judicial hace que al final los gastos sean incluso mayores:
Más divorcios, más opciones, pero también más desinformación
Con un incremento de casi 800 divorcios adicionales en 2025 respecto al año previo, la demanda por información clara ha crecido.
La abogada Lorena Fernández insiste en que cada persona evalúe su caso según su realidad familiar y patrimonial.
Las vías existen, pero cada una responde a un escenario distinto: la municipal o notarial para acuerdos plenos; la judicial para conflictos o negativa de una de las partes.

Escribo sobre política, economía, defensa y afines. Nueve años contando historias y analizando problemáticas en prensa escrita, radio y televisión.








