El Congreso de la República autorizó la devolución del 70% del monto vinculado al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por galón diésel a favor de los transportistas de carga y de personas hasta el 31 de diciembre del 2025.
La norma, impulsada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), pretende fortalecer la seguridad vial de los transportistas para acceder a este monto económico.
LEA TAMBIÉN: Agricultura en la selva: ¿cuál es la controversia por posibles cambios a la Ley Forestal?
Publicada el 20 de diciembre en el diario El peruano, la Ley Nº 31647 busca “reducir los accidentes en la prestación del servicio de transporte terreste regular de las personas de ámbito nacional regional y provincial y/o del servicio de transporte público terrestre de carga” para brindar una calidad y seguridad óptima del transporte en beneficio de los peruanos.
Para acceder a este incentivo económico el transportista tendrá que contar con la autorización vigente de realizar servicio de transporte terrestre otorgado por el gobierno regional o municipalidad provincial, acorde a la región que pertenezca; o la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para Lima y Callao.
También se establece en este decreto de urgencia que en los primeros tres meses de cada año, la Sunat emitirá la lista de los transportistas beneficiados de la devolución del ISC al combustible diésel B5 y B20, y el monto que tocará devolver a cada transportista.
LEA TAMBIÉN: Agrobanco cierra con cifras en verde, evalúa ampliación de topes de crédito