La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundada la apelación del expresidente Pedro Castillo en contra de la resolución que rechazó su pedido de tutela de derechos, por la investigación que se le sigue por el presunto delito de organización criminal.
“Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declara infundada apelación interpuesta por defensa de Pedro Castillo contra resolución que declaró improcedente solicitud de tutela de derechos, en investigación por organización criminal y otros”, señaló el Poder Judicial mediante sus redes sociales.
En la resolución, sala que preside el juez César San Martín indicó que la Fiscalía de la Nación no infringió los artículos 99, 100 y 117 de la Constitución Política al tras haber iniciado diligencias preliminares en contra de Castillo Terrones.
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“No se infringió disposición constitucional ni precepto legal alguno, así como tampoco derechos del impugnante. Su recurso debe desestimarse. Así se declara”, se lee en el documento.
Además, el Poder Judicial recordó que el juez Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, declaró improcedente la solicitud de tutela de derechos luego explicar que “no es jurídicamente posible que se declare la nulidad o se deje sin efecto una denuncia constitucional formulada por la Fiscalía de la Nación ante el Congreso de la República”.
Del mismo modo, dijo que se trata de “un acto unilateral” en ejercicios de sus atribuciones, cuya calificación, trámite y decisión corresponde a los órganos en sede parlamentaria.
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El pasado 20 de junio, el PJ desestimó otra tutela de derechos que plantearon los abogados del exjefe de Estado y que cuestiona una supuesta violación al debido proceso, en el marco de la investigación en su contra por el delito de rebelión por el golpe de Estado que perpetró el 7 de diciembre de 2022.
“La Corte Suprema de Justicia de la República resuelve declarar infundada la solicitud de tutela de derechos presentada por la defensa del imputado José Pedro Castillo Terrones, interpuesta en la investigación que se le sigue por el presunto delito de rebelión y otros, en agravio del Estado”, indica la resolución.