Congreso rechaza denunciar constitucionalmente a ‘Los Niños’ de Acción Popular. Foto: composición
Congreso rechaza denunciar constitucionalmente a ‘Los Niños’ de Acción Popular. Foto: composición

El pleno del rechazó denunciar constitucionalmente a los congresistas implicados en el caso ‘’, por presunto delito de organización criminal y tráfico de influencias.

Con 44 en contra, 37 a favor y 4 abstenciones la representación nacional no aprobó acusar al Doroteo Carbajo por la presunta comisión del delito de organización criminal y tráfico de influencias agravado en agravio del Estado Peruano, por lo que seguirá ejerciendo su cargo.

Similar situación pasó con los parlamentarios Elvis Vergara, Jorge Flores y Darwin Espinoza.

Siga aquí los resultados de la votación:

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Informe final

El informe final sustentado por Norma Yarrow (Avanza País) señala que los mencionados legisladores habrían sido captados a través de Auner Vásquez, exjefe del gabinete de asesores de la Presidencia de la República, comprometiéndolos a votar en contra de las mociones de vacancia, censura e interpelaciones de los ministros del expresidente . Además, de emitir votos a favor de la confianza de los gabinetes del exmandatario.

Además, se detalla que se sindicó Espinoza Vargas como el coordinador de ‘, pues presuntamente le habrían otorgado el manejo del Ministerio de la Producción “para la designación indirecta del titular y puestos claves.

En ese sentido, apuntó que el congresista buscó influir ilícita e ilegalmente en los recursos, contrataciones públicas y demás operaciones en las agencias estatales donde se encontraban sus designados.

Mientras Flores Ancachi, Doroteo Carbajo y Vergara Mendoza habrían sido operadores de la misma organización criminal.

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Defensa de los acusados

Durante los minuos que le otorgaron para su defensa, indicó que con la denuncia estaban pretendiendo criminalizar sus acto funcional como congresista, así como los votos que emite en Parlamento y el hecho de visitar a un presidente de la República.

Están criminalizando si en algún momento he visitado a algún ministro. Jamás he cruzado el umbral de un ministerio en cuestión de esa denuncia”, agregó.

Lo único que existe es un registro de visita al Poder Ejecutivo y un registro de las votaciones. Le presunto a todos ustedes, hoy en día elegida Dina Boluarte como presidenta, ¿cuántos de ustedes han visitado su despacho? Si yo sacara un registro y lo expongo en este momento, diría que en este momento por haber visitado el despacho de la presidenta, ¿inmediatamente configura un delito de organización criminal? Por supuesto que no”, argumentó Daniel Lertora, abogado de Doroteo Carbajo.

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Por su parte, explicó que cuando él y otros congresistas acudieron a los diferentes ministerios, no ha existido una reunión privada y solo han ido con autoridades locales. “Nunca encontrarán un audio mío donde estoy ofreciendo puestos o estoy negociando, porque simplemente no existen”, dijo.

Luis Castro, defensor legal de Espinoza Vargas, resaltó que una posible suspensión de su defendido vulneraría cinco derechos: “derecho al trabajo, a la función legislativa, al voto, derecho a la propiedad, a la presunción de inocencia, al principio de interdicción de la arbitrariedad y al principio de imparcialidad”.

A su turno, se defendió alegando que el ha sido “promotor” de la creación de una comisión investigadora para investigar todas las licitaciones públicas del ministerio de Transportes y Comunicaciones y de Provías en la era del exministro Juan Silva.

La abogada de Flores Ancachi, Berenice Flores, sostuvo que la investigación realizada por Norma Yarrow solo se limitó a sindicar un supuesto vínculo de su defendido con el exfuncionario del Ministerio de la Producción Jorge Palomino Cordero.

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Simplemente por el hecho de que este señor acudió al despacho del congresista. Esto no prueba que haya una influencia indebida por parte del congresista Flores (...) que el señor haya ocupado un cargo en el ministerio, no es una evidencia que haya un tráfico de influencias por parte del congresista Flores”, alegó.

Por su lado, el defensor legal de , Alexander Robles, remarcó que el antejuicio político infringe los artículos 17 y 89 del Reglamento del Congreso, así como el artículo 139 de la Constitución Política.

Ha sido instaurado inutilmente, porque ha tenido como efecto obstaculizar la labor de investigación que ha tenido el Ministerio Público, quien tiene competencia exclusiva para investigar los delitos. Es innecesario, arbitrario y hasta ilegal seguir con este antejuicio político porque al momento de presentar el informe final de la comisión, una investigación ya abierta por parte de la Fiscalía”, dijo ante el pleno.

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