El Consejo de la Prensa Peruana (CPP) emitió un comunicado para expresar su postura ante dos proyectos de ley que el Congreso debatirá. Estos estarían enfocados en restringir el acceso a la información pública.
Segundo Montalvo, parlamentario de Perú Libre, y Segundo Quiróz, congresista del Bloque Magisterial, son las figuras políticas que promueven algunas modificaciones en el Código Penal.
Primer Proyecto de Ley
En esta primera iniciativa, Segundo Montalvo espera modificar el artículo 132 del Código Penal para ampliar la pena privativa de libertad por difamación, de uno a tres años, hasta tres y cinco años. De la misma manera, esperan ampliar el monto de la multa en el delito de calumnia.
Gestión conversó con Claudia Susano, abogada especialista en Derecho Penal, quien indicó que “alguien que tenga varias denuncias de difamación podría generar una agravante y podría regularse la pena y ponerla en un extremo superior. El juez podría pedir pena de cárcel”.
“Generalmente, los que difaman es porque tienen una noticia. Los acusados consideran que los medios de comunicación intentan perjudicarlos, pero en realidad ellos se someten a un proceso de investigación de carácter público, y si se denuncia al periodista, ellos podrían ser condenados”, agrega.
Fernanda Bobadilla, abogada penalista de Estudio Linares, señala que “se busca aumentar penas para los delitos de calumnia y difamación para que los jueces se encuentren obligados a aplicar penas privativas de libertad efectivas, ya que cuando la pena es menor a cuatro años, el juez tiene la facultad de elegir si será efectiva o suspendida”.
Por su parte, Juan Valera, asociado senior de MOAR Abogados, considera que la norma está mal enfocada y que, con un aumento en la pena de cárcel o en la multa, no se va a evitar que se comentan estas faltas.
“Eso está visto en muchos sitios y se puede ver en el caso del robo de celulares. No porque se aumenten los años al delito, esto va a parar. Uno puede crear 50 páginas troll en redes sociales y todas pueden difamar o calumniar, pero no van a tener a quien identificar”, indica y aconseja que se deben implementar medidas para evitar el delito.
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Segundo proyecto de Ley
La segunda iniciativa fue presentada por Segundo Quiroz, quien espera incorporar el artículo 409-C del Decreto Legislativo 635 del Código Penal. En este se menciona que el funcionario que difunda información reservada, secreta o confidencial sea reprimido con una pena de cárcel de tres a cinco años.
Juan Valera considera que hay un punto positivo en este proyecto de Ley enfocado en la figura de colaborador eficaz.
“Muchas veces hay aspirantes a colaboradores por buscar algún tipo de medida temporal favorable, pero dicen cosas que no son importantes y si se les rechaza como colaborador eficaz, no hay mayor consecuencia. Con esta iniciativa, la persona debería afrontar un juicio penal por decir cosas que no son”, menciona.
Fernanda Bobadilla también coincide con Valera y agrega que “si bien se trata de información de interés público, esto no puede vulnerar el principio de presunción de inocencia, ya que, debemos tener presente que toda persona conserva su inocencia hasta que una sentencia la declare culpable. Que esto no se respete, termina sometiendo a muchas personas a ser estigmatizadas durante varios años, incluso si nunca son declaradas culpables”.
Sin embargo, lo negativo llega a partir del segundo párrafo de la propuesta, en la que se señala que esta pena también será aplicada para quien transmita esta información en los medios de comunicación.
Claudia Susano cuestiona este proyecto y considera que “se busca que las noticias, cuando se menciona a un colaborador eficaz, algunos son cuidadosos y eliminan algunos nombres, otros presentan la noticia como tal, pero eso no quiere decir que se esté difundiendo un hecho noticioso falso. Está sujeto a investigación, pero a la prensa no le corresponde, sino al juez y finalmente, al fiscal”.
Según la abogada penalista, se busca “silenciar a la prensa” y frenar las acciones de investigación para no propagar ningún tipo de noticias que cause alguna suspicacia sobre la hoja de vida de un congresista o de funcionarios públicos.
“La pena para los medios que transmitan esta información debe ser menor porque no está respetando el principio de proporcionalidad. Se pretende tratar de igual forma a los periodistas que a los funcionarios públicos, cuando si estos últimos cometen el delito, en realidad se trata de un acto más grave que si lo cometieran los primeros, ya que los funcionarios y servidores públicos tienen una cualidad que les da una mayor carga para ser responsables de la información clasificada”, considera Fernanda Bobadilla.
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¿Cuál es el vínculo con la Ley Mordaza?
Susano recuerda que la finalidad de este proyecto era “silenciar a la prensa y con ello, solo proveer de información blanca, que la población piense que no hay problemas o puedan enterarse de las investigaciones del estado”.
Con ello, la ciudadanía consideraría que los funcionarios públicos son intachables, y no se verían problemas como las investigaciones que actualmente recaen en el Ministerio Público y en los mismos congresistas.
“Considero que se van a solicitar modificaciones. Entiendo el sentido, pero la forma de querer llegar a la finalidad no es la adecuada. Cuando uno lee el documento consideraría que es una suerte de Mordaza. Es algo que se ha querido hacer en el pasado y por eso la CPP está en contra del proyecto. Es un manotazo ahogado por parte del congreso. Carece de la técnica normativa del sustento correcto para que sea una norma útil”.
Periodista. Bachiller en la Universidad San Martín de Porres con experiencia en medios digitales. Actualmente, me desempeño como Redactora Web en Gestión con gran interés en temas económicos y las finanzas.