
Los primeros regidores que ejercieron como alcaldes durante el periodo municipal inmediato anterior no podrán recibir credenciales para asumir una nueva gestión ni acceder a la alcaldía por sucesión ante una eventual vacancia o suspensión, afirmó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
La medida fue anunciada por Yessica Clavijo, secretaria general del JNE, durante una conferencia de prensa en la que informó sobre los resultados del primer bloque de resoluciones de revisión de oficio de las proclamaciones de autoridades municipales.
“En aquellos casos en los cuales el primer regidor haya ejercido el cargo de alcalde o alcaldesa en el periodo inmediato anterior, no será proclamado ni recibirá las credenciales para esta nueva gestión”, precisó Clavijo.
La funcionaria también aclaró que estos regidores no podrán asumir posteriormente la alcaldía mediante la figura de sucesión, ante una eventual suspensión o vacancia a partir de 2027.
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Asimismo, indicó que tampoco podrán postular en las elecciones municipales de 2030 si previamente asumieron el cargo bajo esa modalidad.
¿En qué municipios se modificarán las proclamaciones?
En esta primera revisión, el JNE evaluó 427 casos de un universo aproximado de 1,900 proclamaciones. Como resultado, identificó seis jurisdicciones en las que se deberá corregir la proclamación de autoridades debido al impedimento de los primeros regidores.
Los casos corresponden al distrito de Marca, en la provincia de Recuay (Áncash); San Jerónimo de Tunán, en Huancayo (Junín); La Esperanza y Víctor Larco Herrera, en Trujillo (La Libertad); Zapatero, en Lamas (San Martín); y la provincia de Condorcanqui (Amazonas).
En estas jurisdicciones, la alcaldía será asignada al segundo regidor o regidora hábil de la lista, según corresponda, en reemplazo del primero, quien no podrá recibir las credenciales.
JNE prepara una segunda resolución
El organismo electoral continuará con la revisión de oficio de las proclamaciones municipales. Clavijo adelantó que ya se prepara una segunda resolución que comprenderá más de 600 casos.
La meta del JNE es completar durante noviembre la revisión de las aproximadamente 1,900 proclamaciones previstas. La funcionaria señaló que este primer pronunciamiento establece los criterios que se aplicarán en los siguientes bloques de revisión.
CASO RAFAEL LÓPEZ ALIAGA
La disposición del JNE también tiene implicancias para el caso de Rafael López Aliaga, quien postuló como primer regidor de Renovación Popular para la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Esto, luego de que Luis Rubio, integrante de la misma agrupación, renunciara a su candidatura a la alcaldía.
De acuerdo con el conteo oficial de votos de la ONPE, al 99.992% de actas contabilizadas, Renovación Popular obtiene el 27.685% de los votos (1 millón 554,735), mientras que Avanza País, de Francis Allison, alcanza el 26.810% (1 millón 505,597).

En tanto, el conteo rápido de Datum reportó un empate técnico entre ambas agrupaciones.
En ese escenario, López Aliaga, quien ya ejerció como alcalde de Lima durante el periodo municipal anterior, no podría recibir las credenciales para asumir nuevamente el cargo, pese a que su agrupación ocupa el primer lugar en el conteo de votos.
Ante una consulta sobre este caso, Yessica Clavijo señaló que, una vez concluido el conteo y realizada la revisión correspondiente, el JNE proclamará al “regidor habilitado” para asumir la alcaldía.
Bajo este criterio, Jeanette Alonzo, segunda regidora de Renovación Popular, podría recibir las credenciales para ocupar el cargo.






