El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró que son inviables los proyectos de ley que se discuten en el Congreso para incorporar dentro de los alcances de juicio político a los representantes de la instituciones del sistema electoral.
El planteamiento del Parlamento busca modificar el artículo 99 de la Constitución para incorporar en sus alcances a los miembros del JNE, al jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al titular del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Sobre ello, el pleno del JNE indicó se tiene como objetivo someter a sus miembros a un juicio político significa que pueden ser acusados, procesados y sanciados por el Poder Legislativo, solo por faltas políticas.
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En ese sentido, la entidad señala que este sería un grave riesgo al sistema electoral, pues consideran que parte esencial de las garantías de su independencia que prevé la Constitución es su separación absoluta del poder político.
“El Pleno del JNE precisa que su actuación es exclusivamente jurisdiccional, por lo que al no encontrarse definidas las infracciones a la norma fundamental, las autoridades políticas (congresistas) podrían sancionar a las autoridades electorales a partir de una valoración política y no jurídica”, agregó la institución.
Además, recordó que la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (Sentencia 74/2023 recaída en el Expediente 00003-2022-PCC/TC) se refiere a los procedimientos de antejuicio y juicio político que alcanzarían a los procedimientos de antejuicio y juicio político que alcanzarían al presidente del JNE, lo que excede la exhortación contenida en el Expediente N.° 0006-2003-AI/TC, que solo hacía referencia al antejuicio político.
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Por ello, el Jurado Nacional de Elecciones remitió un informe a la Comisión de Constitución, el cual se encarga de revisar estos proyectos de ley, con el propósito de que tengan en cuenta sus consideraciones.
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