El mes pasado, el Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó un proyecto de ley que regirá en las comicios del 2026 que, entre otras cosas, elimina la paridad horizontal para las elecciones regionales y municipales, y la alternancia de género en las planchas presidenciales.
Al respecto, la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ángela Teresa Hernández, expresó la preocupación del Gobierno tras la aprobación de esta norma y adelantó que el Ejecutivo evalúa observarla.
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En ese sentido, pidió al Parlamento reflexionar sobre “estas medidas graves” que, según dijo, eliminan la posibilidad de que las mujeres tengan lugar en espacios de la toma decisiones del país.
“Estamos, precisamente, varios ministros y ministras haciendo el análisis correspondiente para observarla, pero nos gustaría mucho que antes de que llegue la autógrafa (los congresistas) reflexionen sobre esta decisión y piensen las normas que están eliminando tanto de la Ley de Elecciones Regionales como de la Ley de Elecciones Municipales”, dijo en RPP.
Añadió que este tipo de medidas generan un retroceso en el derecho de la participación política de las mujeres, además de vulnerar los artículos 2 y 190 de la Constitución, respecto a la no discriminación de las personas y sobre la representación de genero en el país.
Hernández insistió en su llamado a la reflexión y le pidió a los 31 congresistas que votaron a favor del dictamen que piensen su decisión en caso la norma sea devuelta.
“Me gustaría pedirles a las congresistas que reflexionen y que tomen en cuenta que gracias a la Ley de Paridad y Alternancia han sido elegidas. Y que es inadecuado, por decir lo menos, que justamente esas mujeres congresistas limiten la participación de otras mujeres votando a favor de esta autógrafa de ley”, indicó.
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Respecto al posible escenario de que el Congreso apruebe la norma por insistencia tras la observación del Ejecutivo, la ministra de la Mujer dijo que se analizarán qué medidas adoptar.
¿De qué trata la norma?
La norma en mención, aprobada por mayoría en la Comisión de Constitución, modifica tanto la Ley Orgánica de Elecciones como la Ley de Organizaciones Políticas.
Respecto a la alternancia en las planchas presidenciales, ahora los partidos nacionales o alianzas entre estos, ya no estarán obligados a que los candidatos y candidatas a la presidencia y vicepresidencia se ubiquen de forma intercalada en las listas de postulación (una mujer seguida de un hombre o viceversa).
Estas condiciones garantizaban una mayor participación efectiva e igualitaria de las mujeres en la vida política.
La paridad horizontal también establecía que, del total de fórmulas de candidatos y candidatas presentadas a nivel nacional por una organización política, el 50% debe estar liderada por una mujer y el otro 50% por un hombre; es decir, si se presentan dos listas, una debe tener un candidato y la otra una candidata; y así sucesivamente si hay más listas.
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