La eventual liberación del expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), condenado a 25 años de cárcel, quedó en manos del Tribunal Constitucional (TC), según la más reciente decisión judicial que devolvió el caso a su jurisdicción debido a un fallo que ordenó restituirle el indulto recibido en 2017.
Un juzgado de la región de Ica dispuso “que se devuelva todo lo actuado al Tribunal Constitucional para que proceda conforme a ley en cuanto a la ejecución de la sentencia estimatoria, emitida en este proceso de habeas corpus”.
El presidente del TC, Francisco Morales, había declarado el miércoles que las autoridades debían “proceder a la excarcelación inmediata” de Fujimori, a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó lo contrario el año pasado.
LEA TAMBIÉN: Hijos de Alberto Fujimori solicitan al TC disponer su excarcelación
LEA TAMBIÉN: Miembro del TC sobre fallo en el caso Fujimori: “Se tomará una acción inmediata”
”Se debe proceder a cumplir la anterior sentencia”, declaró Morales al Canal N de televisión, al aclarar un auto del TC que declaró improcedente una consulta del Ministerio de Justicia sobre el indulto otorgado a Fujimori en 2017 por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski y que había suscitado distintas interpretaciones.
Sin embargo, el procurador supranacional Carlos Reaño dijo al portal de El Comercio que “la Corte Interamericana tiene ya una posición en base a la supervisión (de cumplimiento de la condena) y aquí existe la obligación constitucional por parte del Estado peruano de cumplir y acatar las decisiones” de la CorteIDH.
”La decisión de la Corte Interamericana que dio en abril del 2022, de abstenerse el Estado peruano de implementar la sentencia del Tribunal Constitucional (que restituyó el indulto a Fujimori), mantiene su vigencia”, declaró el procurador.
Remarcó que esa decisión de la Corte “no ha sido anulada, no ha sido modificada y, más aún si el auto del Tribunal Constitucional, del 21 de noviembre, es un auto respecto a unas solicitudes de aclaración”.
En tal sentido, Reaño añadió que la solicitud de aclaración, que fue declarada improcedente, “no afecta en principio la sentencia original del Tribunal Constitucional del 2022, a la cual la Corte Interamericana ya se pronunció señalando que el Perú debe abstenerse de implementar esa sentencia”.
El indulto, otorgado el 24 de diciembre 2017, ya había sido anulado por el Poder Judicial en 2018, luego que la CorteIDH pidió al Estado peruano garantizar la administración de justicia para las víctimas de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, los casos por los que Fujimori fue condenado a 25 años de prisión.
Horas antes de la decisión del juez de Ica, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación ante la posibilidad de que la resolución del TC llevara a la excarcelación de Fujimori.
El organismo recordó en X (antes Twitter) que el 7 de abril de 2022 “estableció las razones por las que el Estado debe abstenerse de otorgar un indulto ‘por razones humanitarias’ en cumplimiento de los estándares interamericanos establecidos en las resoluciones de supervisión de los casos Barrios Altos y La Cantuta”.
Sin embargo, el abogado de Fujimori, Elio Riera, declaró a la prensa que el juzgado de Ica no ha rechazado la validez de la sentencia del TC y que pedirá al propio Constitucional que pueda ejecutar su fallo, que restituye el indulto y significaría la liberación del expresidente de 85 años.