
El Congreso de la República nuevamente es criticado por impulsar una iniciativa legislativa que no solo afectaría la labor que realizan los medios de comunicación, sino que también busca sancionar a los periodistas de investigación.
Se trata del predictamen recaído en el proyecto de ley presentado por el legislador de Alianza para el Progreso (APP), José Elías Ávalos, quien busca modificar el artículo 164° del Código Penal sobre la publicación indebida de las comunicaciones.
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El último miércoles, la Comisión de Justicia prosiguió con el debate de dicha norma, luego de que la semana pasada la discusión ingresara a un cuarto intermedio para hacer ajustes el documento.
Precisamente, el texto original planteaba la prohibición de las publicaciones de mensajería instantánea (WhatsApp, Telegram y otros aplicativos parecidos) y correos electrónicos no destinados a publicidad y “sin que medie interés público”; sin embargo, en la sesión anterior, se retiró el último requisito e, incluso, se endureció la sanción contra los que incurran en esta falta (150 días multa).
En el nuevo texto sustitutorio se reincorporó la frase “sin que medie interés público” y se redujo la sanción de 150 a 120 días multa.
“El que publica indebidamente una correspondencia epistolar, telegráfica de mensajería instantánea o correo electrónico, no destinada a la publicidad y sin que medie interés público, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con 60 a 120 días multa”, señala el documento corregido.

Cuando se proseguía a realizar la votación respectiva, la legisladora de Honor y Democracia, Gladys Echaíz, pidió ir nuevamente a un cuarto intermedio para adecuar la propuesta a lo estipulado en diversos fallos del Tribunal Constitucional (TC). Esto, para evitar que dicha ley sea impugnada, posteriormente.
El grupo de trabajo acogió la solicitud; sin embargo, es poco probable que realice algún cambio de fondo a la propuesta. En paralelo, diversos expertos y gremios periodísticos advirtieron que la norma busca restringir la labor de los periodistas y recordaron que los chats de WhatsApp y otros aplicativos a los que acceden los medios de comunicación son vitales para las investigaciones y reportajes sobre distintos casos.
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“SI EXISTE UN INTERÉS PÚBLICO, PRIMA EL DERECHO A LA INFORMACIÓN”
En diálogo con la prensa, el presidente de la Comisión de Justicia, Flavio Cruz, negó que dicho predictamen tenga la finalidad de afectar o criminalizar la labor que realiza la prensa.
“Para nada. Yo soy alguien que tiene vocación por el periodismo. Incluso, estudié periodismo, pero no terminé la carrera (...) he planteado modificar la pena, para que sean solo días multa, nada más. Ahí va a quedar, no habrá pena privativa de la libertad”, indicó.
Según dijo, solo se está actualizando un artículo obsoleto del Código Penal, por lo que reiteró que los periodistas no se verán afectados. “La norma protege a los mismos periodistas”, sostuvo.
En respuesta, el experto en libertad de expresión, Roberto Pereira, consideró que es clara la intencionalidad que hay detrás del predictamen: debilitar la labor que realiza la prensa.
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Sin embargo, destacó la decisión de reincorporar en el documento la excepción de “interés público”, algo que había sido retirado a pedido de varios legisladores. En ese sentido, advirtió que sería negativo que esta frase nuevamente sea retirada del predictamen la próxima semana o, eventualmente, durante el debate en el Pleno del Congreso.
El abogado recordó que la jurisprudencia ha establecido que, en la medida de que exista un interés público, “prima el derecho de la información antes que el secreto de las comunicaciones”, siempre y cuando el periodista no haya obtenido (los chats o correos) de manera ilegal.
“La clave en este punto es que se mantenga la extensión de interés público en la norma. Creo que más allá de agregar el tema de los chats de WhatsApp, Telegram y correos, lo importante es que si se va a modificar ese artículo se establezca de manera expresa que, cuando medie un interés público, no constituye ningún delito o sanción”, indicó a Gestión.
“Si se mantiene la excepción de interés publico, no veo problema con la publicación de la norma”, añadió el también asesor legal del Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS).

¿CUÁLES SON LOS RIESGOS DEL PREDICTAMEN?
Por su parte, la presidenta de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP), Zuliana Lainez, consideró que pese a que en el predictamen se reincorporó la excepción de “interés público”, sigue siendo lesivo y perjudicial para los periodistas.
“La iniciativa sigue siendo lesiva porque el problema es quién va a determinar qué es interés público o no, porque al final se está haciendo un cambio al Código Penal, por lo que esto tendría que verlo un juez. ¿Qué criterios va a utilizar un juez para saber si algo es de interés público o no?“, indicó a este diario.
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La periodista recordó que gracias a la difusión de mensajería instantánea en la prensa pudimos conocer varios casos que actualmente son investigados en el Ministerio Público, como los denominados chats de la ‘Botica’, de Fuerza Popular, así como las conversaciones de diversos legisladores denunciados por recortar el sueldo a sus trabajadores.
“O sea, si esta ley estaría vigente, ¿a quién le estamos dando la potestad de definir si eso es de interés público?. ¿Va a valer la interpretación que le da el periodista?, ¿es el juez el que va a determinar si hay interés público? No está definido qué es interés público", cuestionó.
Otras de las consecuencias que ocasionaría dicha iniciativa, según Lainez, es que cuando un periodista decida hacer una publicación que incluya chats de mensajería instantánea, los involucrados inmediatamente judicializarían los casos.
“El marco legal se los permitiría y se ampararían en que están haciendo cumplir la norma, pero, repito, eso nuevamente pondría a discrecionalidad de un juez definir, por ejemplo, si uno de estos chats de los congresistas ‘mochasueldos’ con sus trabajadores es de interés público o no. Recuerdo que los abogados de varios legisladores decían que estos chats eran una violación a la intimidad de la comunicación del destinario y emisor del mensaje. Con esta ley no tengo ninguna duda de que utilizarían esta carta y dirán que están cumpliendo con el marco legal vigente”, remarcó.

Respecto a las declaraciones de Cruz, la presidenta de la ANP cuestionó la necesidad de debatir este tipo de propuestas en este momento. Recordó que en el Congreso cada 60 días se presenta un proyecto de ley que tiene impacto en las libertades informativas.
“Se denota un ánimo revanchista contra el trabajo que está haciendo la prensa. Además, no hay ninguna necesidad urgente para modificar este artículo (...) para nosotros sigue siendo un riesgo esta propuesta, porque no define finalmente qué es interés público y lo deja a discrecionalidad de un juez. Eso siempre es un riesgo”, enfatizó.
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Periodista egresado de la Universidad Nacional Federico Villareal, con especialidad en política, sociedad y análisis de datos. En el año 2017 ingresé al Diario Gestión y actualmente cubro temas judiciales y parlamentarios.








