Raúl Canelo, decano del Colegio de Abogados de Lima, alertó sobre la posibilidad de que el Estado peruano enfrente “sanciones pecuniarias” si no cumple con las órdenes de organismos internacionales. En esa línea se mostraron preocupados por esta iniciativa.
“Si no se observa esta ley, corremos un alto riesgo de que mañana los organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos pueda sancionarnos.”, indicó en Canal N.
“Eventualmente, cualquier agente que haya estado bajo una situación de lesa humanidad, como le pasó al político chileno Augusto Pinochet. Como se recuerda, el juez Garzón, ordenó su detención y estos son crímenes que ahora internacionalmente no se admiten”, agregó.
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En un comunicado, el Colegio de Abogados de Lima (CAL) recordó que según el Convenio sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, dichos delitos no están sujetos a prescripción, sin importar la fecha en que hayan sido cometidos.
“Por lo tanto, desde la junta directiva del Colegio de Abogados de Lima exhortamos al Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta la primacía de la convencionalidad, que proceda a observar la autógrafa de ley aprobada por el Congreso de la República, conforme a las facultades de veto contenidas en el artículo 108 de la Constitución Política del Perú”, sostuvo el CAL.
Los abogados de Lima explicaron que el Derecho Penal Internacional se fundamenta en la convencionalidad, los principios de no impunidad, el derecho consuetudinario internacional y la aplicación de la justicia universal.
“El proyecto de Ley busca evitar la aplicación retroactiva de la convencionalidad sobre crímenes de guerra y de lesa humanidad y su imprescriptibilidad, porque considera que la convención sobre imprescriptibilidad entro recién en vigencia el 09 de noviembre del 2003 y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional rige a partir del 01 de julio del 2022, por lo que no aplicarían para hechos cometidos antes del 01 de julio del 2002, dejando impunes hechos cometidos antes de dicha fecha”, se lee en el pronunciamiento.
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Como se recuerda, la CorteIDH requirió al Estado peruano que “tome las acciones necesarias para que no se adopten, se dejen sin efecto o no se otorgue vigencia al proyecto de ley No. 6951/2023-CR que dispone la prescripción de los crímenes de lesa humanidad perpetrados en el Perú”.
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