La fiscal de la Nación, Patricia Benavides, llegó esta mañana al Cusco para inaugurar la primera sede de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad en dicha zona. Ello, con la finalidad de fortalecer este subsistema en la región e investigar hechos que afecten los derechos fundamentales de la ciudadanía local.
A su salida del evento, Benavides se pronunció sobre la la decisión de la comisión de Justicia del Congreso. Ayer, el grupo de trabajo presidido por Janet Rivas aprobó su informe final sobre la investigación a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), en el que recomienda la remoción de los siete integrantes de esta institución: Imelda Tumialán, Aldo Vásquez, Henry Ávila, Antonio de la Haza, María Zavala, Guillermo Thornberry e Inés Tello.
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Al respecto, la titular del Ministerio Público aclaró que no tuvo nada que ver en la decisión adoptada en el Parlamento; sin embargo, recalcó que su institución ha pedido el respeto mutuo entre todos los poderes del Estado y los organismos constitucionales.
“Esa es una investigación que viene llevando a cabo el Congreso, de acuerdo a los informes que son de conocimiento publico. No hay un tema que me involucre, pero eso sí, como Ministerio Público siempre hemos pedido el respeto mutuo entre todos los poderes (del Estado) y organismos constitucionales”, dijo a Canal N.
En la resolución emitida por dicho juzgado se precisa que la suspensión deberá realizarse de manera inmediata. Esta medida alcanza a todas las investigaciones preliminares realizadas por la JNJ en contra de la fiscal de la Nación.
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¿Qué dice el informe final aprobado por la comisión de Justicia?
La comisión de Justicia concluyó que los miembros de la JNJ incurrieron en causa grave por interpretar que la magistrada Inés Tello podía continuar en el cargo, pese a que había superado los 75 años de edad.
“Se halló causa grave por incumplir con el artículo 156 inciso 3 de la Constitución, debido a que según la exposición de motivos de la Ley de Reforma Constitucional de dicho artículo, la interpretación de dicha disposición se refería a una edad para la permanencia en el cargo y no solo como requisito para postular, por lo tanto se debe proceder conforme al artículo 157 de la Constitución”, se lee en el texto.
También se determinó que dicho organismo incurrió en causa grave por haber incumplido con presentar un informe anual ante el Pleno del Congreso.
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