Alejandro Sánchez, dueño de la casa de Breña. (Foto: Congreso de la República)
Alejandro Sánchez, dueño de la casa de Breña. (Foto: Congreso de la República)

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional del declaró infundado el recurso que presentó la defensa del investigado prófugo y confirmó los 30 meses de prisión preventiva en su contra por presunto delito de tráfico de influencias y otros, en agravio del Estado.

Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado Segundo Alejandro Sánchez Sánchez; y, en consecuencia, confirmar la Resolución N.° 3, de fecha dieciséis de noviembre de dos mil veintidós, oralizada por el juez titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que resolvió declarar fundado en parte el requerimiento de prisión preventiva en contra del citado procesado por el plazo de treinta meses” se lee en la resolución judicial.

En noviembre de 2022, el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional, a cargo del juez , declaró fundado el pedido de prisión preventiva del . Sin embargo, impuso 30 meses la medida restrictiva, en lugar de los 36 que solicitaba la Fiscalía por el caso ‘Gabinete en las Sombra’.

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En la audiencia donde se debatió la petición fiscal, el dueño de la casa Sarratea se pronunció desde la clandestinidad para negar que haya cometido alguno de los delitos que se le imputa. Además, solicitó al Poder Judicial que se le dictara comparecencia con restricciones en vez de prisión preventiva.

Los otros implicados que cumplen prisión preventiva por este caso son el exasesor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Salatiel Marrufo (exasesor Biberto Castillo y Abel Cabrera.

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