
Alrededor de 8 mil personas deudoras alimentarias morosas, quienes incumplen el mandato judicial de pasar una pensión a sus hijos, fueron incorporadas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) del Poder Judicial hasta diciembre del 2025.
De este número, solo 70 personas morosas fueron excluidas del registro luego de que decidieran cumplir con la pensión alimentaria establecida por los jueces en las respectivas sentencias.
Según los datos de este registro, durante el 2025, la Corte Superior de Arequipa es la que más inscritos presenta con 1 mil 530. Le sigue Lambayeque con 941, Tumbes con 831, Huánuco con 789, Amazonas con 657 y Huaura con 649.
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La lista continúa con Junín y Piura con 330 cada una, Apurímac con 219, Tacna con 210, Huancavelica con 203, Lima con 187, Madre de Dios con 170, Callao con 138, Ancash 110 y Ayacucho 102.
Por otro lado, las cortes que menos registros morosos tienen son las de Ica 13, Del Santa 11, Ucayali 9, Cajamarca 7, mientras que San Martín y Sullana cuentan con 5 cada una.
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Cabe recordar que la cifra total de personas inscritas en el Redam, durante este año, es mayor al número de las registradas en el año 2024.
En los últimos cinco años, las cifras han ido en aumento. En 2021, las personas inscritas sumaron 421, en 2022 llegaron a 994, en 2023 la cifra fue de 3mil 115 y finalmente el año pasado contaron 7 mil 495 personas morosas.
La información contenida en el Redam es proporcionada cada mes a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que se registre la deuda alimentaria en la Central de Riesgos de dicha institución y en otras de naturaleza privada.
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Por ello, para acceder a un puesto de trabajo en diversas entidades, la persona deudora morosa deberá previamente cancelar la deuda pendiente o autorizar el descuento por planilla u otro medio de pago del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos.
La inscripción en el Redam genera, además, consecuencias legales para estas personas morosas, como no poder participar como candidatos en procesos de elección popular.
Asimismo, están imposibilitadas de ser contratadas para trabajar ni ser proveedoras del Estado, acceder a créditos y posibilita medidas como el embargo de bienes o retención de ingresos.









