Conocer con tiempo los días de descanso te permitirá organizar  un extenso viaje  entre familia o amigos, siempre que  el feriado se encuentre próximo a los  sábados y domingos (Foto: Pixabay)
Conocer con tiempo los días de descanso te permitirá organizar un extenso viaje entre familia o amigos, siempre que el feriado se encuentre próximo a los sábados y domingos (Foto: Pixabay)

Los feriados son probablemente los días más esperados por los trabajadores y estudiantes en todo el mundo, pues este tiempo viene bien para escapar de la rutina y desestresarse. Conocer anticipadamente los días de descanso te permitirá organizar un extenso viaje con familiares o amigos, siempre que el feriado se encuentre próximo a los sábados y domingos.

MÁS INFORMACIÓN | Feriados 2022: lista de días no laborables del año en Perú

Para los peruanos, estas fechas incluyen los descansos por fiestas religiosas como la Semana Santa, entre marzo y abril, y las Fiestas Patrias en el mes de julio. En el caso de los trabajadores del sector público, ellos cuentan también con otros días no laborables compensables.

Quedan tan solo unas semanas para terminar el 2021 y con ello ; por esta razón, la siguiente publicación te presenta las últimas fechas que quedan en este año.

FERIADOS 2021 EN EL PERÚ

A continuación, conoce el calendario de días feriados que quedan en el país este 2021:

Diciembre

  • Sábado 25 de diciembre: Navidad 2021

¿CUÁLES SON LOS DÍAS NO LABORABLES EN 2021?

Diciembre

  • Viernes 24 (Nochebuena), lunes 27 y viernes 31 de diciembre de 2021 (Nochevieja).

TRABAJO REMUNERADO DURANTE UN FERIADO

Debido a que los feriados se establecen oficialmente como días de descanso, en el plano laboral y en línea con lo que manda el Decreto Legislativo N° 713 (08-11-1991) y su reglamento (Decreto Supremo N° 012-92-TR), los trabajadores públicos y privados “tienen derecho a descanso remunerado”.

Mientras que los trabajadores que cumplan con su jornada laboral durante un día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, tendrán derecho a percibir –según el artículo 9 del D.L. N° 713– el pago de la remuneración diaria adicional más una sobretasa del 100%.

En ese sentido recibirán: (i) una remuneración diaria por el feriado, (ii) una segunda remuneración por el trabajo realizado y (iii) una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre que no tenga descanso sustitutorio en otro día.

En síntesis, quienes trabajen durante un día feriado y no se les otorgue un día de descanso posterior deben percibir –como señalan en la Cámara de Comercio de Lima (CCL)– una remuneración triple diaria.

“Las empresas que acuerden laborar el feriado, con la aceptación de sus trabajadores, deberán de establecer la forma de compensación con otros días laborables posteriores, caso contrario, percibirán triple remuneración diaria”, aclara el gremio empresarial.