La modalidad de oralidad, implementado por el Poder Judicial en los procesos judiciales de especialidad civil hace cinco años, ha reducido el tiempo de emisión de sentencias de 511 días a 189 días. Esto significaría una reducción equivalente al 63%.
El presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil (ETIIOC), juez supremo titular Ramiro Bustamante Zegarra, fue quien difundió esta información y además destacó las ventajas de este modelo.
Como se sabe, la oralidad es una metodología que ha permitido dinamizar el trámite de un proceso civil, transitando de un modelo tradicional (escrito en papel) a un proceso oral.
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Bustamante Zegarra también señaló que el sistema oral fue establecido hace cinco años por iniciativa de los mismos jueces, con el fin de dar celeridad a los procesos, sin necesidad de realizar modificaciones al Código Procesal Civil.
Asimismo, explicó que según el artículo 51 del referido cuerpo normativo permite al magistrado convertir un proceso escrito a uno oral donde la dirección de la audiencia está cargo del juez.
Además, pidió al Pleno del Congreso de la República que se abra el debate y apruebe el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para reforzar la oralidad en los procesos civiles.
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Zegarra también destacó que antes de su implementación, los procesos civiles eran engorrosos, formalistas, poco eficientes y requerían voluminosos expedientes de papel, pero con la oralidad son más rápidos, transparentes, confiables y eficaces.
Rapidez en los procesos con la modalidad oral
Por otro lado, el magistrado recordó que el primer proceso resuelto bajo el modelo oral sobre desalojo por ocupación precaria, que se inició el 28 de diciembre de 2018 en la Corte Superior de Arequipa, concluyó el 19 de diciembre de 2019 en la Corte Suprema de Justicia. “Es decir, se resolvió en menos de un año en todas las instancias”, subrayó.
El juez puso como ejemplo la resolución de un proceso sumarísimo por demanda de desalojo (Exp. 12089-2012), el cual ingresó en el año 2012 en la Corte Superior de Lima, que tardó tres años y cuatro meses en resolverse bajo el modelo tradicional.
En cambio, indicó, otro proceso sumarísimo por demanda de desalojo (Exp. 341-2024) tramitado con la oralidad civil en la misma Corte de Lima tardó solo seis meses y 12 días.
Ahora con el protocolo “Gestión del proceso especial de desalojo de la Ley n.º 30201″, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), los procesos de desalojo con cláusula de allanamiento futuro son resueltos en no más de 60 días hábiles.
En la actualidad, la oralidad civil está implementada en 181 órganos jurisdiccionales de 33 cortes superiores de justicia del Perú. Durante el año 2023, la especialidad civil atendió más expedientes que los ingresados en dicho periodo a nivel nacional convirtiéndose en la especialidad que más resuelve en el Poder Judicial, sin financiamiento adicional.
En aquel entonces, resolvió 342 963 expedientes frente a los 337 334 ingresados. En pocas palabras, realizó una descarga efectiva de procesos en trámite de años pasados.
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