El Poder Ejecutivo creó la comisión a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de los recursos presupuestales, bienes muebles e inmuebles, acervo documentario, entre otros, de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC) a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
A través de la Resolución Ministerial 182-2023-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales, señala que la comisión se instalará en un plazo máximo de 5 días hábiles y tendrá entre sus funciones elaborar un cronograma para la ejecución y formalización de la transferencia, identificar y cuantificar los recursos a ser transferidos, entre otras.
Se indica, además, que el proceso de transferencia culmina en un plazo no mayor al 20 de diciembre de 2023.
LEA TAMBIÉN: Hay 831 municipalidades que aún no ejecutan ni la cuarta parte de su presupuesto, ¿por qué?
LEA TAMBIÉN: Comisión de Descentralización aprueba creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura
¿Quiénes conformarán el grupo?
La comisión de transferencia está integrada por tres representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y tres representantes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Son designados por sus máximas autoridades administrativas en el plazo máximo de dos días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.
La presidencia de la comisión de transferencia la ejerce uno de los representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros.
¿Qué funciones tendrá la comisión?
La comisión de transferencia tiene las siguientes funciones:
a) Elaborar un cronograma para la ejecución y formalización de la transferencia, que incluye las tareas y responsabilidades. Dicho cronograma se presenta al Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros el 29 de setiembre de 2023.
b) Identificar y cuantificar los recursos presupuestales, bienes muebles e inmuebles, acervo documentario y otros recursos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a ser transferidos.
c) Elaborar el Acta de entrega y recepción a ser suscritas por la Presidencia del Consejo de Ministros y la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
d) Presentar al Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros un informe final a la culminación del proceso de transferencia.
e) Otras que le encargue el Presidente del Consejo de Ministros.
Para el desarrollo de sus funciones, la Comisión de Transferencia puede constituir equipos de trabajo en razón de las materias que son objeto de transferencia, conformados por servidores de la Presidencia del Consejo de Ministros y de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.