El gobierno prorrogó, a partir del 25 de febrero de 2023, la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus por un plazo de 90 días calendario.
Según el decreto supremo Nº 003-2023-SA publicado este viernes, la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud, sobre la base de lo informado por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, habría reportado la persistencia del COVID-19 en el país.
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En esa línea, se incluye en la norma que, para el sector salud, implica la posibilidad de que dicho sector disponga la continuidad del trabajo mixto, en el marco de sus atribuciones.
También se dispone que durante la ampliación del estado de emergencia sanitaria, se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de “Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID-19″, contenidas en el Anexo II del Decreto Supremo Nº 010-2020-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2020-SA y Nº 029-2020-SA, entre otros.
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Corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Seguro Social de Salud - EsSalud, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción-Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú”.