A punto de vencer plazo para que titulares de entidades públicas rindan cuentas.
A punto de vencer plazo para que titulares de entidades públicas rindan cuentas.

La General recordó a los del gobierno nacional, regional y local, que incluye a las, empresas y Sociedades de Beneficencia y otros organismos sujetas al control gubernamental, que tienen como plazo máximo hasta el miércoles 27 de marzo próximo para cumplir con la obligación de presentar el Informe de Rendición de Cuentas de Titulares correspondiente al período anual 2023, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI.

La Rendición de Cuentas es un proceso por el cual la autoridad de máxima jerarquía de las entidades sujetas al control gubernamental informan a la Contraloría sobre el uso de los fondos y bienes del Estado a su cargo, las decisiones adoptadas, principalmente de los sistemas administrativos, indicadores de eficacia y otros relacionados a la entidad, así como el resultado de su gestión por cada servicio que brinda.

Su cumplimiento contribuye a la transparencia de la gestión, buen uso de los recursos públicos y bienes del Estado, la continuidad de los servicios que brinda, así como el ejercicio del control social en beneficio de la población.

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Entidades comprendidas

El Informe de Rendición de Cuentas debe ser presentado por el Poder Ejecutivo: , Organismos Públicos, Programas, Universidades Públicas y demás entidades que lo conformen; así como por el Poder Legislativo, y Ministerio Público, en cuanto a sus unidades administrativas.

También deben presentarla los titulares de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales (municipalidades provinciales y distritales), Organismos Constitucionalmente Autónomos, el Seguro Social de Salud–Essalud, las Sociedades de Beneficencia, las empresas del Estado, los organismos públicos descentralizados regionales y municipales, así como otros organismos pertenecientes a los gobiernos regionales y locales.

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La presentación del Informe de Rendición de Cuentas Anual por el periodo 2023 suscrito por el titular de la entidad, debe efectuarse únicamente mediante el aplicativo informático “Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión”, desarrollado por la Contraloría, al cual podrán acceder a través de la página web  o en el siguiente link:

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