La congresista Nieves Limachi (Cambio Democrático – Juntos por el Perú) presentó un proyecto de ley para modificar el Código Civil, a fin de que los padres también puedan inscribir a sus hijos con sus apellidos, sin revelar el nombre de la madre.
El objetivo de la iniciativa es que este derecho, que actualmente solo tiene la madre, pueda equipararse y alcance también al padre. Asimismo, se propone establecer el procedimiento para conocer la identidad del otro progenitor.
Para ello, se plantea modificar los artículos 20 y 21 del Decreto Legislativo 295, Código Civil, referidos a los apellidos del hijo y la inscripción del nacimiento, respectivamente.
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En el caso del artículo 20, se precisa que al hijo le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre, o los apellidos del progenitor que efectuó la inscripción por separado.
En tanto, la modificatoria del artículo 21 señala que “el padre o madre que no revele la identidad del otro progenitor podrá inscribir a su hijo con sus apellidos, debiendo consignarse la identidad del otro progenitor, o los motivos del desconocimiento de esta, en un registro reservado que permanecerá en poder del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec)”.
Por último, se incorpora el artículo 21-A al Código Civil, a fin de precisar el acceso al mencionado registro reservado de progenitores.
Al respecto, señala que las personas que fueron inscritas con los dos apellidos de uno de sus progenitores, al cumplir la mayoría de edad, podrán acceder al registro reservado donde figura la identidad del otro progenitor o los motivos del desconocimiento de esta, previa solicitud dirigida al Reniec.
Precisa, además, que el conocimiento por parte del hijo de la identidad del otro progenitor no produce efectos jurídicos de filiación.
En los fundamentos de la propuesta se señala que la misma responde a la sentencia del Tribunal Constitucional que se emitió como resultado del proceso de amparo interpuesto por el productor televisivo Ricardo Morán, quien solicitó inscribir con sus apellidos a sus menores hijos, nacidos mediante un procedimiento de maternidad subrogada.
En dicho fallo se realiza una exhortación al Congreso para que, en el marco de sus atribuciones, equipare el derecho de los padres a inscribir a sus hijos con sus apellidos sin develar el nombre de la madre y establezca algún sistema o procedimiento para que el niño pueda conocer posteriormente la identidad del otro progenitor, mediante un registro reservado.