La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República aprobó un dictamen que prohíbe la discriminación por paternidad y maternidad en el acceso a educación superior y empleo.
La propuesta modifica el artículo 2 de la Ley 26772, que dispone que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato.
“Se considera práctica discriminatoria el no permitir el ingreso de niños, niñas y adolescentes que se encuentren bajo el cuidado de su padre o madre a los espacios de educación superior o centro laboral de estos, con excepción de aquellos lugares donde se realizan actividades de alto riesgo cubiertas por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo o durante pandemia o situaciones similares declarados por las autoridades competentes”, se detalla en la iniciativa.
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La norma precisa que en el caso de los centros de educación superior, no se considera acto discriminatorio si el ingreso al aula de clases se restringe por motivo del tema a desarrollar o cuando implique riesgo para la integridad física o psicológica del niño o niña adolescente.
“El niño, niña y adolescente podrá ingresar y permanecer en los espacios de educación superior y laboral, siempre que ello permita el desarrollo normal de las clases y del trabajo de las personas que estudian o laboran en dichos lugares, respectivamente. Para el caso de las instituciones educativas de nivel universitario, aplicarán la presente norma en el marco de su autonomía, y podrán establecer las disposiciones que corresponda”, se acota.