Aeropuerto de Jaén. (Foto: Andina)
Aeropuerto de Jaén. (Foto: Andina)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones declaró en emergencia los servicios de transporte aéreo prestados en el aeropuerto de Jaén, en Cajamarca, y en el aeródromo de Purús, en Ucayali.

En el primer caso, la medida consta en la , aparecida hoy en la separata de normas legales del Diario El Peruano.

Se indica en la misma que el servicio de transporte aéreo prestado en el aeropuerto Fernando Belaunde Terry, de Jaén, se declara en emergencia.

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La declaratoria responde a que la superficie de rodadura de la pista de aterrizaje de este terminal aéreo se encuentra en una condición crítica, debido a “lluvias intensas y extraordinarias de máxima recurrencia”.

Estas atingencias han ocasionado que los trabajos efectuados en dicha infraestructura sufran deterioros prematuros, presentando grietas profundas, desprendimientos de asfalto, hundimientos y ausencia de un sistema funcional de subdrenaje, ocasionando todo ello restricciones en las operaciones aéreas que allí se realizan.

Se establece, por tanto, que la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac) adoptará las acciones e intervenciones necesarias para preservar y superar las restricciones en el servicio de transporte aéreo prestado en dicho terminal aéreo.

En Ucayali

En cuanto a la declaratoria en emergencia del servicio de transporte aéreo prestado en el Aeródromo de Puerto Esperanza, del distrito y provincia de Purús, en el departamento de Ucayali, esta consta en la

Ella obedece al deterioro generalizado de los pavimentos de la pista de aterrizaje de este terminal aéreo, ocasionado por lluvias intensas. El mismo ha sido detallado en un informe de la Dirección General de Aeronáutica Civil, en el cual se afirma que la mayor afectación se da en el tercio central de la pista.

En ese sentido, se indica que la fisuración, la presencia de huecos de entre 15 y 20 centímetros, y los desprendimientos asfálticos allí constatados, hacen que esta pista no tenga condiciones adecuadas para brindar un servicio con calidad y seguridad. Ello viene “ocasionando restricciones en las operaciones aéreas” y “comprometiendo la seguridad” de las mismas, se afirma.

En la resolución se indica que Corpac deberá adoptar las acciones e intervenciones que resulten necesarias para preservar y superar las restricciones en el servicio de transporte aéreo prestado en el referido aeródromo.

Dicha entidad tiene un plazo de diez días para informar a la Dirección General de Aeronáutica Civil sobre las acciones efectuadas en el contexto de la declaratoria de emergencia.

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