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El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó hoy el Documento Técnico: Lineamientos para la promoción y protección de la alimentación saludable en las instituciones educativas de educación básica, norma que establece un conjunto de medidas sanitarias y de alimentación que deberán ser implementados en los quioscos, cafeterías y comedores de los colegios públicos y privados del país.

Mediante la Resolución Ministerial N° 195-2019/MINSA, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el documento técnico tiene por finalidad promover y proteger la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes de las instituciones educativas con enfoque intercultural a nivel nacional.

El documento técnico se elaboró de acuerdo al artículo 5 del Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, aprobado con Decreto Supremo N° 017-2017-SA.

Una de las principales medidas que establece la norma es que en quioscos, cafeterías y comedores no se permitirá la venta de alimentos y bebidas que lleven en su el octógono de advertencia.

Este se presentará cuando un producto es alto en azúcar, grasas saturadas y/o sal. Y también cuando contiene grasas trans.

Se prevé que la mayoría de gaseosas, galletas y golosinas llevarán el , por lo que ya no podrán venderse en los colegios.

Cabe recordar que desde el 17 de junio iniciará la obligación de que todos los alimentos y bebidas procesadas, según su nivel de contenido, lleven este etiquetado.

No obstante, algunas compañías como Coca Cola se adelantaron a la norma y ya realizaron el etiquetado de sus productos.

Otra medida de la norma emitida hoy por el Minsa es establecer una lista de los alimentos permitidos a ser vendidos en los colegios.

La lista incluye preparaciones sencillas como pan con palta o queso. Asimismo choclo, frutas, cereales, leche, agua mineral o de mesa embotellada, galletas de soda, yogur (sin saborizantes, colorantes artificiales, aditivos ni edulcorantes), entre otros.

Para conocer la norma emitida hoy y la lista completa de los alimentos que se permitirán vender en los colegios, puede hacer click .

Finalmente, la norma también señala que en las cafeterías y comedores, la programación de los menús debe estar a cargo de un profesional nutricionista colegiado y habilitado.