
Escribe: Sergio Vega-León, socio de Tax & Legal en PwC Perú
En los últimos años, el crecimiento del patrimonio privado se ha consolidado como una tendencia con nuevos retos en gestión, planificación sucesoria y tributación. Según el estudio de PwC, “Revolución en la Gestión de Activos y Patrimonios 2025”, los activos bajo gestión, conocidos como Assets Under Management o AUM, así como el segmento de individuos de alto patrimonio, denominados High Net-Worth Individuals o HNWI, crecerán de manera significativa para el 2030.
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En ese periodo, los AUM globales podrían alcanzar los US$ 200.4 billones, frente a los US$ 139 billones a los que se llegó en el 2024, mientras que los HNWI pasarían de US$ 103.5 billones en el 2020 a US$ 185 billones. Este crecimiento también se refleja en la región.

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Latinoamérica representaría US$ 5.2 billones de AUM (frente a 2.5 billones en el 2020) y el Perú no es ajeno a este fenómeno. A inicios de este año, Gestión publicó un reporte en el que calcula que las familias más ricas del país aumentaron sus fortunas en el 2025 en aproximadamente 29% respecto del 2024, alcanzando los US$ 35,780 millones, con mayor beneficio en los sectores de minería, banca y agroexportaciones.
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En este contexto, los inversionistas HNWI esperarán una gestión de portafolio altamente personalizada, planificación patrimonial y sucesoria, además de mayor acceso a mercados privados. De acuerdo con PwC, hacia el 2030 estas expectativas de personalización, inmediatez y acceso serán la norma, no un diferenciador.
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¿Qué ocurre en el frente tributario peruano? La Sunat hoy cuenta con herramientas cada vez más potentes para fiscalizar a las personas naturales, como el intercambio de información con administraciones tributarias y entidades financieras del exterior, que en el 2024 abarcó 94 jurisdicciones y a más de 130 mil contribuyentes, según el Informe de Gestión de Resultados publicado por dicha entidad.
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A ello se suman fiscalizaciones intensivas por desbalances patrimoniales, con énfasis en el formalismo documental y en la demostración de la trazabilidad del origen de los fondos. En estas auditorías, la Administración Tributaria exige la presentación de documentos protocolizados notarialmente en forma previa o en la fecha de los respectivos desembolsos, como contratos de préstamo, donaciones o anticipos de legítima, así como constancias de movimientos bancarios que incluyan la descripción del remitente y del destinatario, entre otros.
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Mirando hacia adelante, podrían darse distintos escenarios: desde la continuidad de mayor escrutinio de la autoridad fiscal, mediante fiscalizaciones y cruces de información, hasta la creación de impuestos a la herencia o a los altos patrimonios, pasando por amnistías o programas de regularización para rentas no declaradas.
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Sin duda, un impuesto a la herencia marcaría un punto de inflexión para la tributación de las familias y personas naturales en el Perú. Frente a ello, tanto los HNWI como los family offices deberán estar preparados para mapear el origen de los fondos que invierten, implementar una adecuada planificación sucesoria, gestionar riesgos e incluso modelar el impacto eventual de la imposición a la herencia.







